Decisión nº C402-10, de Consejo de Transparencia de 23 de Noviembre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539908122

Decisión nº C402-10, de Consejo de Transparencia de 23 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2010
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaJusticia, Medio Ambiente

DECISIÓN AMPARO ROL C402-10

Entidad pública: Comisión Nacional del Medio Ambiente – CONAMA

Requirente: Carlos Ruiz-Tagle García-Huidobro

Ingreso Consejo: 30.06.2010

En sesión ordinaria N° 201 de su Consejo Directivo, celebrada el 23 de noviembre de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del Amparo Rol C402-10.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 31 de mayo de 2010 don Carlos Ruiz-Tagle García- Huidobro, solicitó, en el marco de una extensa presentación, al Director Ejecutivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, lo siguiente:

a) Copia del expediente total de la causa N° 9.520-02, que fue ingresada a la Corte de Apelaciones de San Miguel, con número de ingreso 789-2009, incluido desistimiento del recurso de apelación por parte del Consorcio Santa Marta S.A. y posteriores dictámenes del Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo, a la fecha.

b) Plantea además la siguiente interrogante: “¿En qué forma la parte CONAMA, como institución competente en aplicar la Ley N° 19.300, fiscalizará que la sentencia dictada “cúmplase” por el tribunal, que debe ser acatada íntegramente por las partes, se materialice en la realidad?”.

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: Don Carlos Ruiz-Tagle...

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