Decisión nº C210-10, de Consejo de Transparencia de 15 de Julio de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539907922

Decisión nº C210-10, de Consejo de Transparencia de 15 de Julio de 2010

Fecha de Resolución15 de Julio de 2010
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaBienes Públicos, Transporte

DECISIÓN AMPARO ROL C210-10

Entidad pública: Municipalidad de Codegua

Requirente: Juan Carrasco Rodríguez

Ingreso Consejo: 14.04.2010

En sesión ordinaria N° 166 de su Consejo Directivo, celebrada el 15 de julio de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C210-10.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Don Juan Carrasco Rodríguez, el 26 de febrero de 2010, solicitó a la Municipalidad de Codegua que se le entregara copia de las bitácoras correspondiente a los días 9, 10, 11 y 12 de noviembre de 2009 de los minibuses municipales, precisando que son aquellos “azules nuevos logo Gobierno de Chile”.

2) AMPARO: Don Juan Carrasco Rodríguez dedujo amparo a su derecho de acceso a la información, el 14 de abril de 2010, en contra de la Municipalidad de Codegua, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud.

3) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo, acordó admitir a tramitación este amparo trasladándolo, mediante Oficio N° 743, de 30 de abril de 2010, a la Sra. Alcaldesa de la Municipalidad de Codegua, quien evacuó el traslado a través del Ordinario N° 279, de fecha 17 de mayo de 2010, ingresado a la Oficina de Partes de este Consejo el día de 24 de mayo pasado. En sus descargos, la Municipalidad requerida sostiene, principalmente, lo siguiente:

a) Que la solicitud de...

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