Decisión nº C909-12, de Consejo de Transparencia de 5 de Octubre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539907830

Decisión nº C909-12, de Consejo de Transparencia de 5 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2012
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaDefensa

DECISIÓN AMPARO ROL C909-12

Entidad pública: Subsecretaría para las Fuerzas Armadas

Requirente: Nelson Pérez Casas del Valle

Ingreso Consejo: 20.06.2012

En sesión ordinaria Nº 378 del Consejo Directivo, celebrada el 5 de octubre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C909-12.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 8 de mayo de 2012, don Nelson Pérez Casas del Valle solicitó a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, en adelante también SS.FF.AA., la siguiente información:

a) Catastro de CC.MM. (concesiones marítimas) otorgadas mediante decreto en la X Región en los últimos 11 años (mayores y menores) y titulares de las anteriores;

b) Catastro de concesiones acuícolas otorgadas mediante decreto en la X Región en los últimos 11 años y titulares de las anteriores;

c) Registro de irregularidades respecto de las CC.MM. otorgadas por infracción al reglamento, y;

d) Registro de CC.MM. y acuícolas caducadas en los últimos 11 años por infracción al reglamento.

2) RESPUESTA: El 1º de junio de 2012, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas respondió a dicho requerimiento de información mediante el Oficio N° 3.476, señalando, en síntesis, que:

a) No cuenta con un listado completo que contenga la información del periodo solicitado y con el detalle pedido.

b) La solicitud involucraría un gran volumen de información y su atención supondría que funcionarios de la Subsecretaría se distrajeran indebidamente del cumplimiento regular de sus funciones habituales, razón por la que deniega el acceso a la información en virtud del artículo 21 Nº 1, letra c) de la Ley de Transparencia y el artículo 7° N° 1 letra c) de su Reglamento.

c) Sin perjuicio de lo expuesto, agrega que en general la información solicitada se encuentra disponible en la web www.concesionesmaritimas.cl.

3) AMPARO: El 20 de junio de 2012, don Nelson Pérez Casas del Valle dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas denegó la información. Agrega que a través de la página web de la SS.FF.AA. http://www.ssffaa.cl/, existe un banner que permite el acceso a las concesiones marítimas y acuícolas, pero su acceso es mediante la individualización de cada uno de los criterios de búsqueda (RUT u otro dato), lo que no permitiría el acceso a cualquier persona. El reclamante considera que de ello se desprende que existiría información disponible electrónicamente respecto de la materia requerida y que no le fue entregada.

Agrega que a lo menos se debió entregar la información disponible electrónicamente o en último término haber señalado o hecho referencia en la respuesta al mecanismo previsto en el artículo 15 de la Ley de Transparencia, lo cual no habría ocurrido.

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación este amparo, trasladándolo al Sr. Subsecretario para las Fuerzas Armadas mediante el Oficio N° 2.344, de 3 de julio de 2012, quien a través de Oficio N° 4.756, de 24 de julio de 2012, presentó sus descargos, señalando:

a) Reitera que no cuenta con un catastro o registro con las características del solicitado que contenga la información en los términos requeridos. Señala que es de público conocimiento que al primer semestre del año 2010, la Subsecretaría se encontraba con un gran atraso en la tramitación de expedientes de concesiones marítimas y acuícolas de diversa naturaleza (otorgamiento, renovación, término, caducidad, derogación, modificación, ampliación, reducción, trasferencia, entre otros), llegando a una cantidad aproximada de 2.000 expedientes en trámite entre ambos tipos de concesiones. Ello sumado a las concesiones consolidadas que en materia marítima superaban las 3.000 distribuidas en todo el país.

b) Durante el año 2011 se realizó un programa con financiamiento especial para la contratación de personal a honorarios y compra de equipos computacionales para ocuparse de ese volumen de trabajo atrasado. Por ello, en la actualidad la tramitación de concesiones acuícolas se encuentra al día, mientras que el arrastre derivado de la tramitación de concesiones marítimas se redujo en más de un 80%. Explica que si bien existe una dotación de personal contratada a honorarios, ésta fue reducida presupuestariamente a un tercio de la existente al año 2011, reduciéndose a 10 analistas a honorarios para el año 2012.

c) Atendido lo señalado, el Departamento de Asuntos Marítimos maneja una gran cantidad de información, relativa a todas las concesiones otorgadas a lo largo del país, siendo la única información fidedigna la existente en formato papel, careciendo a la fecha de un sistema informático que permita obtener de manera ágil y precisa la información en los términos solicitados. En consecuencia, la labor necesaria para proporcionar la información pedida, considerando los recursos personales y materiales disponibles, supondría destinar funcionarios a esa labor por un elevado número de horas, lo que implicaría distraer indebidamente al personal de sus...

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