Decisión nº C837-12, de Consejo de Transparencia de 5 de Octubre de 2012
Fecha de Resolución | 5 de Octubre de 2012 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Auditoría y Control de Gestión |
Tema | Gestión y administración territorial (Urbanismo) |
DECISIÓN AMPARO ROL C837-12
Entidad pública: Municipalidad de Mostazal
Requirente: Oscar Arroyo Segovia
Ingreso Consejo: 06.06.2012
En sesión ordinaria N° 378 de su Consejo Directivo, celebrada el 5 de octubre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C837-12.
Los artículos 5° inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) SOLICITUD DE ACCESO: Don Oscar Arroyo Segovia, el 23 de abril de 2012, solicitó a la Municipalidad de Mostazal (en adelante, e indistintamente, “la Municipalidad”) que le otorgara la siguiente información relacionada con el Proyecto Zoológico La Punta de dicha comuna:
a) Diseño del proyecto a ejecutar en el sector.
b) Antecedentes del terreno a utilizar, con sus dimensiones.
c) Quien se hará cargo de la administración, mantención y gastos que genere dicho proyecto.
d) Permisos y autorizaciones correspondientes por el Ministerio de Salud y Medio Ambiente.
2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: Don Oscar Arroyo Segovia, el 6 de junio de 2012, dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Municipalidad de Mostazal, fundado en la falta de respuesta a su requerimiento.
3) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo, trasladándolo al Sr. Alcalde de la Municipalidad de Mostazal, mediante el Oficio N° 2.158, de 15 de junio de 2012. Atendido que el órgano reclamado no evacuó el traslado conferido dentro del plazo legal, el Consejo, por medio de correo electrónico de 20 de julio de 2012, enviado a Secretaría Municipal, le concedió un plazo de carácter extraordinario de tres días hábiles a partir de su fecha de envío, con el objeto que formulara las observaciones y descargos que estime pertinentes, lo que, hasta la fecha, no ha ocurrido.
4) GESTIONES OFICIOSAS:
a) Atendida la falta de respuesta y de descargos por parte de la Municipalidad, este Consejo, el 20 de septiembre recién pasado, se comunicó telefónicamente con la Sra. Secretaria Municipal de la entidad reclamada y le envió un correo electrónico solicitando que informara si, en dicha entidad, se habían o no recepcionado la solicitud del requirente, así como el oficio de traslado y el correo electrónico enviado por este Consejo. En respuesta a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba