Decisión nº C624-09, de Consejo de Transparencia de 12 de Enero de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539907566

Decisión nº C624-09, de Consejo de Transparencia de 12 de Enero de 2010

Fecha de Resolución12 de Enero de 2010
MateriaGestión de Personas
TemaTrabajo, Educación

DECISIÓN AMPARO C624-09

Entidad Publica: Universidad Tecnológica Metropolitana

Requirente: Juan Crisóstomo Baeza

Ingreso Consejo: 30.12.2009

En sesión ordinaria N° 119 de su Consejo Directivo, celebrada el 12 de enero de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C624-09.

VISTOS:

El artículo 8° de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285 y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 10 de noviembre don Juan Crisóstomo Baeza solicitó al Sr. Rector de la Universidad Tecnológica Metropolitana, copia íntegra del sumario administrativo que culminó con la destitución del Ex –Vicerector Académico de la Universidad requerida, don Jorge Valenzuela Garate.

2) Que, mediante Oficio Ord. N° 23, de 4 de diciembre de 2009, la institución requerida evacuó respuesta a dicha solicitud, negando acceso a la información solicitada e invocando al efecto la causal contemplada en el N° 2 del artículo 21 de la Ley de Transparencia. La antedicha respuesta fue notificada al reclamante con la misma fecha.

3) Que, el 30 de diciembre de 2009, don Juan Crisóstomo Baeza, atendida la respuesta de la casa de estudios, dedujo amparo de su derecho de acceso a la información pública en contra de la Universidad Tecnológica Metropolitana ante este Consejo.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo con lo que disponen el art. 24 de la Ley de Transparencia...

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