Decisión nº C1773-13, de Consejo de Transparencia de 6 de Diciembre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539907514

Decisión nº C1773-13, de Consejo de Transparencia de 6 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaTrabajo

DECISIÓN AMPARO ROL C1773-13

Entidad pública: Municipalidad de Providencia

Requirente: Eduardo Marcelino Noriega Anabalón

Ingreso Consejo: 14.10.2013

En sesión ordinaria Nº 486 del Consejo Directivo, celebrada el 6 de diciembre de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1773-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 7 de septiembre de 2013, Eduardo Noriega Anabalón solicitó a la Municipalidad de Providencia la siguiente información:

a) “Copia simple del título que otorga el grado académico de Socióloga de la Alcaldesa de Providencia, Sra. Josefa Errázuriz, y que dice relación con lo informado en Transparencia Activa Municipal en que se indica que la Alcaldesa cuenta con ese título académico.

b) Totalidad del personal contratado (contrata, honorarios y planta) desde la asunción al cargo del Municipio del nuevo gobierno local encabezado por doña Josefa Errázuriz, en la comuna de Providencia.

c) Informe acerca de la aplicación de estándares de Alta Dirección Pública en la contratación de cargos de Jefatura y Directivos en la Municipalidad de Providencia. Esto, relacionado con su promesa de campaña en cuanto a que dichos cargos serían concursados con esos estándares. Favor indicar explícitamente qué estándares de Alta Dirección Pública han sido aplicados para la contratación del personal o indique explícitamente que no se ha aplicado ninguno de estos estándares.

d) Informe acerca de la cantidad de funcionarios desvinculados de la Municipalidad desde la fecha de asunción del cargo de Alcaldesa de la Municipalidad de Providencia por parte de doña Josefa Errázuriz, en lo que dice a relación al personal a planta y contrata.

e) Informe acerca de la cantidad de funcionarios desvinculados de la Corporación Municipal de Providencia, en la calidad de Presidenta de la Corporación que tiene doña Josefa Errázuriz. Indicar, además, los montos que se han debido pagar por concepto de indemnizaciones a propósito de estas desvinculaciones.

f) A propósito de la forma de registro de ingreso y salidas de los funcionarios municipales, indicar las mejoras al sistema de ingreso altamente criticado por la Sra. Errázuriz, en tanto se estaba firmando en libros que no aseguraban el debido control de ingreso y salidas de los funcionarios. Indicar si la situación por ella detectada y criticada en prensa por la referida: "En esta municipalidad el control de asistencia de los trabajadores era manual, se hacía con lápiz y cuaderno. Los datos, después, se traspasaban a una planilla Excel. No existe un control automatizado, como se hace hasta en la empresa más chica del país". (Declaraciones de la Sra. Errázuriz en http://www.lasegunda.com/Noticias/Nacional/2013/03/832458/olla-de-grillos-en-providencia-los-dificiles-100-primeros-dias-de-la-gestion-errazuriz). Favor, respecto a este asunto, indicar explícitamente las mejoras implementadas en el control horario o la falta de mejora alguna de control; los planes de mejora al respecto en caso que no se hubiera realizado aún, habiendo pasado más de 9 meses desde el nuevo gobierno local.

g) Indicar el modo de control de horas extraordinarias a nivel general en Municipio. Además, y de manera particular, explicar el modo de otorgamiento y control de realización efectiva de horas extraordinarias a los Directores y Jefaturas durante los meses de enero y mayo del año algunos Directores del Municipio hayan tenido asignadas 100 horas extraordinarias festivas mensuales, en tanto ello implicaría que realizaron actividades todos los fines de semana por 25 horas, modo de control de ello. Igualmente explicar cómo se ha determinado la asignación del monto actual de horas extraordinarias asignadas a algunos Directores por 85 horas festivas mensuales, en tanto ello implicaría estar disponible 21 horas por fin de semana realizando efectivamente actividades extraordinarias”.

2) RESPUESTA: El 7 de octubre de 2013, la Sra. Alcaldesa de la Municipalidad de Providencia respondió a dicho requerimiento de información, mediante oficio N° 9.941, de 4 de octubre de 2013, señalando, en síntesis, que:

a) “La que suscribe estudió Sociología en la Universidad de Chile, el error en la información existente en el portal de Transparencia Activa de la página web del municipio, ya fue reparado aclarando la situación”.

b) Respecto del personal que ha ingresado al Municipio en Planta, Contrata y Honorarios a contar del 6 de Diciembre de 2012 y hasta el 15 de Septiembre de 2013, es de un total de 113 funcionarios, distribuidos de la siguiente manera: Planta: 13; Contrata: 62 y Honorarios 38; Total: 113. El personal contratado a Honorarios asociados a Programas Sociales, por la Dirección de Desarrollo Comunitario a contar del 6 de Diciembre de 2012 hasta el 31 de Agosto de 2013, es de 631 personas.

c) En cuanto a la manera en que se selecciona al personal que ingresa a cargos de Jefaturas y Directivos, la Municipalidad considera los mismos estándares de la Alta Dirección Pública, en sus Concursos Públicos, conforme a lo que dispone la Ley Nº 18.883, sobre Estatuto Administrativo para funcionarios Municipales. Dichos concursos se publican, incluyendo sus bases administrativas, en diarios de alta difusión en toda la Región Metropolitana y en la página web de la Municipalidad. Todos los antecedentes se envían a la Contraloría General de la República.

d) Los funcionarios de planta y a contrata desvinculados del Municipio a contar del 6 de...

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