Decisión nº C1409-11, de Consejo de Transparencia de 14 de Marzo de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539906278

Decisión nº C1409-11, de Consejo de Transparencia de 14 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2012
TipoDocumentos Oficiales
MateriaSubsidios y Beneficios
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO ROL C1409-11

Entidad pública: Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB)

Requirente: Carlos Oyarzo Paredes

Ingreso Consejo: 10.11.2011

En sesión ordinaria Nº 322 del Consejo Directivo, celebrada el 14 de marzo de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1409-11.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 5 de octubre de 2011, don Carlos Oyarzo Paredes solicitó a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB) información sobre las causales de no adjudicación de beca indígena 2011, a doña Mayra Lizette Oyarzo Galaz, entre otra documentación relacionada.

2) Que el 10 de noviembre de 2011, don Carlos Oyarzo Paredes dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la JUNAEB, fundado en que dicho órgano habría respondido parcialmente su requerimiento de información.

3) Que, con ocasión de los descargos la JUNAEB procedió a hacer entrega al solicitante de la información materia del presente amparo, en el formato solicitado.

4) Que, en atención a lo informado por la reclamada en sus descargos, a través de correo electrónico de 26 de enero de 2012, este Consejo remitió al reclamante los antecedentes acompañados...

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