Decisión nº C209-11, de Consejo de Transparencia de 4 de Marzo de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539906250

Decisión nº C209-11, de Consejo de Transparencia de 4 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2011
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C209-11

Entidad pública: Banco del Estado de Chile.

Requirente: Luis Pinochet Lewin.

Ingreso Consejo: 22.02.2011.

En sesión ordinaria N° 226 del Consejo Directivo, celebrada el 4 de marzo de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C209-11.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, don Luis Pinochet Lewin, con fecha 7 de febrero de 2011, solicitó a la Sucursal de la V Región del Banco del Estado de Chile, le proporcione los nombres, apellidos, dirección y teléfonos de los clientes del Banco Estado, de todas las oficinas correspondientes a su jurisdicción.

2) Que el organismo reclamado, mediante correo electrónico que data del 15 de febrero pasado, le indican que la respuesta fue remitida a la Notaría a través de la cual el recurrente había efectuado una petición similar el 08 de noviembre de 2010.

3) Que, posteriormente, con fecha 22 de febrero de 2011, el señor Pinochet Lewin, interpuso amparo a su derecho de acceso a la información ante este Consejo, en contra del Banco del Estado de Chile, fundado en que dicha entidad no había atendido su solicitud de información, no obstante que según expone en su amparo, la información solicitada se encontraría en la Notaría que indica.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33, letra b), de la Ley de Transparencia, corresponde a este Consejo resolver...

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