Decisión nº C726-11, de Consejo de Transparencia de 28 de Septiembre de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539905546

Decisión nº C726-11, de Consejo de Transparencia de 28 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2011
TipoDocumentos Oficiales
MateriaSubsidios y Beneficios
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO C726-11

Entidad Publica: Instituto de Previsión Social

Requirente: Gastón Pérez Larenas

Ingreso Consejo: 08.06.2011

En sesión ordinaria N° 285 del Consejo Directivo, celebrada el 28 de septiembre de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C726-11.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 06 de mayo de 2011, don Gastón Pérez Larenas solicitó al Instituto de Previsión Social (IPS) copia del expediente que da cuenta de su exoneración política.

2) Posteriormente, con fecha 08 de junio de 2011, don Gastón Pérez Larenas dedujo ante la Gobernación Provincial de Arauco, e ingresado a este Consejo el 13 de junio pasado, amparo a su derecho de acceso a la información en contra del IPS, fundado en que dicho órgano no habría atendido dentro del plazo legal su requerimiento de información.

3) En sesión ordinaria N° 256, celebrada el 17 de junio del presente año, el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Promoción y Clientes de esta Corporación, encargada del Plan de Soluciones Alternativas de Controversias, a fin de realizar las...

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