Decisión nº C743-10, de Consejo de Transparencia de 29 de Octubre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539905474

Decisión nº C743-10, de Consejo de Transparencia de 29 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2010
TipoDocumentos Oficiales
MateriaSubsidios y Beneficios
TemaTrabajo

DECISIÓN AMPARO ROL C743-10

Entidad pública: Instituto de Previsión Social (IPS).

Requirente: Agustín Valenzuela Vergara.

Ingreso Consejo: 27.10.2010.

En sesión ordinaria N° 194 de su Consejo Directivo, celebrada el 29 de octubre de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C743-10.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, D.S. N° 1086/2004 del Ministerio del Interior y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 16 de abril de 2010, don Agustín Valenzuela Vergara solicitó al Instituto de Previsión Social, en lo sucesivo “IPS”, la “devolución del monto total del impuesto único retenido durante el año 2009” y que se liquidara su pensión de vejez de acuerdo a su última renta imponible, correspondiente a diciembre de 2008.

2) Que, el 26 de octubre pasado, el peticionario dedujo ante la Gobernación Provincial de Elqui amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado de la Administración del Estado, fundado en que dicho organismo no habría atendido dentro de plazo su requerimiento de información.

3) Que, los antecedentes remitidos por la Gobernación Provincial de Elqui fueron ingresados a la Oficina de Partes de este Consejo, el 27 de octubre del presente año.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 33...

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