Decisión nº C1841-13, de Consejo de Transparencia de 6 de Noviembre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539905246

Decisión nº C1841-13, de Consejo de Transparencia de 6 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C1841-13

Entidad pública: Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud de la Región de Valparaíso.

Requirente: Cristhian Vargas Parada.

Ingreso Consejo: 21.10.2013.

En sesión ordinaria N° 477 de su Consejo Directivo, celebrada el 6 de noviembre de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1841-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 21 de septiembre de 2013, don Cristhian Vargas Parada realizó una presentación en línea N° 348244, dirigida a la Secretaría Regional Ministerial de Salud (SEREMI) de la Región de Valparaíso, a través de la cual solicitó la siguiente información: “todos los informes, autorizaciones realizados con respecto a la habilitación de el área fumadores del Casino Municipal de Viña del Mar, en la que se habilita un espacio de operación de máquinas de juego, tanto la habilitación provisoria en funcionamiento y el proyecto de construcción definitivo, incluyéndose oficios, memorándums, providencias y cualquier otro documento relacionado con nuestra solicitud, tengan o no éstos el carácter de reservados de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº20.285” (sic).

2) Que, con fecha 21 de octubre de 2013, don Cristhian Vargas Parada dedujo, amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud, dentro del plazo legal.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de conformidad con...

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