Decisión nº C863-10, de Consejo de Transparencia de 28 de Enero de 2011
Fecha de Resolución | 28 de Enero de 2011 |
Tipo | Documentos Operacionales - Documentación Presupuestaria - Otros |
Materia | Presupuesto y Finanzas |
Tema | Economía y Finanzas |
DECISIÓN AMPARO ROL C863-10
Entidad pública: Municipalidad de Viña del Mar
Requirente: Mauricio Román Beltramín
Ingreso Consejo: 26.11.2010
En sesión ordinaria N° 219 del Consejo Directivo, celebrada el 28 de enero de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C863-10.
Los artículos 5º, inc. 2º, 8° y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 22 de octubre del año 2010 don Mauricio Román Beltramín solicitó a la Municipalidad de Viña del Mar que le proporcionara información detallada de todos los loteos y subdivisiones que fueron liberados del pago de derechos municipales durante la subrogancia de trece años del Director de Obras Municipales, incluyendo sus montos. En su solicitud señala que el 4 de mayo del año 2010, el Director (S) de Obras Municipales de la Municipalidad de Viña del Mar aprobó, mediante un permiso de subdivisión, el loteo de un extenso terreno en el sector de Cochoa, liberando a sus propietarios del pago de derechos municipales, los que ascendían a la suma de $ 24.147.453.-. Agrega que esta exención de pago se habría hecho considerando la cesión gratuita voluntaria efectuada para vialidad e indica que, de acuerdo a la ley, las cesiones para vialidad al efectuar un loteo son obligatorias, razón por la cual los propietarios no han hecho concesión alguna a la ciudad ni al municipio, por lo que no se entiende el actuar del Director de Obras Municipales.
2) AUSENCIA DE RESPUESTA: Según indicó el reclamante en su amparo, no recibió respuesta a su solicitud dentro del plazo legal establecido en el artículo 14 de la Ley de Transparencia, ni se le notificó la prórroga del...
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