Decisión nº C1919-13, de Consejo de Transparencia de 13 de Noviembre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539901918

Decisión nº C1919-13, de Consejo de Transparencia de 13 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaCompras y Licitaciones
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C1919-13

Entidad pública: Municipalidad de Viña del Mar.

Requirente: Pablo Riveros Valenzuela.

Ingreso Consejo: 04.11.2013.

En sesión ordinaria N° 479 de su Consejo Directivo, celebrada el 13 de noviembre de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1919-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, en una fecha indeterminada, don Pablo Riveros Valenzuela habría realizado una presentación ante la Municipalidad de Viña del Mar, sobre un Licitación Pública para el arriendo de bicicletas de la temporada de verano 2014.

2) Que, con fecha 28 de junio de 2013, la Municipalidad de Viña del Mar le comunicó al reclamante, mediante carta N°341 que: “Dispuse a informar al Departamento de Gestión Imagen Corporativa, en base al que puedo comunicarle que se considera realizar llamado a Licitación Pública sobre la materia, lo que será de conocimiento conforme a la normativa legal” (sic).

3) Que, con fecha 4 de noviembre de 2013, don Pablo Riveros Valenzuela dedujo ante este Consejo, amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de Viña del mar, fundado en que dicho organismo no especifica en su respuesta cuándo y cómo se materializará lo informado. Añade que: “Llamado a licitación que la Municipalidad de Viña del Mar haría para "arriendo de bicicletas", evento que data desde el 28 de junio 2013, sin concreción de la respuesta solicitada en términos de cuándo y cómo se llevará a cabo dicha...

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