Decisión nº C1505-11, de Consejo de Transparencia de 21 de Marzo de 2012
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2012 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Auditoría y Control de Gestión |
Tema | Administración y Gestión Pública, Otros, especificar |
DECISIÓN AMPARO ROL C1505-11
Entidad pública: Dirección Administrativa de la Presidencia de la República
Requirente: Álvaro Pérez Castro
Ingreso Consejo: 07.12.2011
En sesión ordinaria N° 324 del Consejo Directivo, celebrada el 21 de marzo de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C1505-11.
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 4 de noviembre de 2011 don Álvaro Pérez Castro, en representación de Unaco Chile, solicitó a la Presidencia de la República copia íntegra y autorizada respecto de todos los antecedentes, autorizaciones, cartas, memorándum internos, oficios, circulares, instrucciones particulares, notas manuscritas, resoluciones, autorizaciones de gastos y honorarios de servicios jurídicos, facturas y boletas de servicios profesionales, y en general la totalidad absoluta de los antecedentes que obran en poder del Estado, de la Presidencia de la República y el Ministerio del Interior, referente al actuar del Sr. Marko Magdic, su currículum profesional, sus cartas credenciales y su relación con el Sr. Javier Carvallo Pardo; de todos los antecedentes de que dispone el Ministerio del Interior respecto de la condición de honestidad extrema del Sr. Carvallo Pardo, y su relación familiar y/o amistosa con diferentes personeros de la Superintendencia de Valores y Seguros, Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, Ministerio de Justicia y Banco del Estado de Chile.
2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 7 de diciembre de...
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