Decisión nº C202-12, de Consejo de Transparencia de 21 de Marzo de 2012
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2012 |
Tipo | Documentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos |
Materia | Auditoría y Control de Gestión |
Tema | Municipalidades, Otros, especificar |
DECISIÓN AMPARO ROL C202-12
Entidad pública: Municipalidad de Puyehue.
Requirente: Claudio Schnettler Cid.
Ingreso Consejo: 01.02.2012.
En sesión ordinaria N° 324 del Consejo Directivo, celebrada el 21 de marzo de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C202-12.
Los artículos 5º, inc. 2º, 8° y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) Que, el 09 de diciembre de 2011, don Claudio Schnettler Cid realizó una presentación a la Municipalidad de Puyehue, solicitando diversos antecedentes relativos a estudio encargado por el Municipio. En detalle, requirió:
a) Detalle de pagos del estudio;
b) Contrato firmado entre el Municipio y el Consultor;
c) “Ítem o cuenta y/o la información pública donde se señale de donde provenían los fondos con los que se cancelaron hasta los estados de pago N° 4 y donde permanecieron los sobrantes recursos a la espera del V°B° final del estudio”;
d) Copia de factura N° 081, con fecha 03 de febrero de 2011, entregada el 04 de febrero de 2011 al Municipio, por estado de pago N°5; y,
e) La fecha en que será cancelada la factura correspondiente.
2) Que, el 01 de febrero de 2012, don Claudio Schnettler Cid dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública a...
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