Decisión nº C45-10, de Consejo de Transparencia de 4 de Junio de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539901218

Decisión nº C45-10, de Consejo de Transparencia de 4 de Junio de 2010

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2010
TipoDocumentos Oficiales
MateriaAuditoría y Control de Gestión
TemaAdministración y Gestión Pública, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO Nº C45-10

Entidad pública: Municipalidad de La Reina

Requirente: Miguel Ramos Lobos

Ingreso Consejo: 22.01.2010

En sesión ordinaria N° 154 de su Consejo Directivo, celebrada el 4 de junio de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C45-10.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Don Miguel Ramos Lobos, el 7 de diciembre de 2009, solicitó al Alcalde de la Municipalidad de La Reina lo siguiente:

a) Copia del Oficio N° 39, del 2009, mediante el cual el Municipio pidió reconsideración a la Contraloría General de la República de la Resolución Exenta N° 3565, de 7 de octubre de 2009, por la que fue sobreseído del sumario ordenado instruir por Decreto Alcaldicio N° 1597, de 30 de noviembre de 2006 y resolución de la Contraloría, de 13 de agosto de 2008.

b) Informar las razones por las cuales no fue notificado por el Municipio de dicha resolución, toda vez que fue informado por la Contraloría General de la República que esa resolución sí fue notificada oportunamente por el órgano contralor a la Municipalidad, habiendo transcurrido dos meses desde la expedición de dicha resolución.

2) RESPUESTA: La Municipalidad de La Reina no respondió dicho requerimiento dentro del plazo legal establecido en el artículo 14 de la Ley de Transparencia, ni notificó al solicitante de prórroga de éste, de acuerdo a lo prescrito en el inciso 2° de dicha norma.

3) AMPARO: Don Miguel Ramos Lobos dedujo amparo a su derecho de acceso a la información el 22 de enero de 2010 en contra de la...

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