Decisión nº C534-09, de Consejo de Transparencia de 9 de Abril de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539900982

Decisión nº C534-09, de Consejo de Transparencia de 9 de Abril de 2010

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2010
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaRegulación Interna
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO C534-09

Entidad Publica: Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación

Requirente: Camila Donato Pizarro

Ingreso Consejo: 27.11.2009

En sesión ordinaria N° 139 de su Consejo Directivo, celebrada el 9 de abril de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C534-09.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575 y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/09, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 23 de noviembre de 2009, doña Camila Donato Pizarro, entre otros alumnos de la carrera de Licenciatura en Educación y Pedagogía en Educación Parvularia con mención en Inglés o Educación Comunitaria o Integración Curricular o Educación Artística, solicitó al Sr. Rector de la UMCE, en la condición de interesados que le confiere el artículo 21 de la ley 19.880 y en mérito de los artículos 8; 19 N°14 de la Constitución Política y 1 y siguientes de la Ley de Transparencia, lo siguiente:

a) Que se indique, de acuerdo con el artículo 17, letra b), de la ley N° 19.880,la identidad de las autoridades que ordenaron, confeccionaron y suscribieron el “Instructivo de Implementación del Plan de Menciones de la Carrera de Licenciatura en Educación y Pedagogía en Educación Parvularia con mención en Inglés o Educación Comunitaria o Integración Curricular o Educación Artística”, cuya copia se acompaña a la presentación.

b) Que se indique, fecha exacta, y el medio de publicación del instructivo antes señalado, mencionando los destinatarios del mismo.

c) Que se indique si el instructivo mencionado se encuentra, actualmente, en vigencia.

d) Requiere copia autorizada de los documentos que sustente la respuesta a lo requerido, en conformidad al ejercicio del derecho que les confiere el artículo 17, letra a), de la Ley N° 19.880.

e) Por último, hace presente que, de acuerdo con los artículos 10, inciso , de la Ley N° 19880; y 7 de la Ley N° 18.120, se asesora por el Abogado de la asamblea Nacional por los Derechos Humanos, don Rubén Jerez Atenas. Además, Indica domicilio y correo electrónico para efectos de las notificaciones que procedan.

2) RESPUESTA: Mediante carta de 26 de noviembre la Rectora (S) de la UMCE, respondió a la solicitud de acceso, indicando lo siguiente:

a) Que para dar mayor claridad a la materia en cuestión, esclarece el significado y la razón del establecimiento de las menciones que se usan académicamente por parte de la Universidad.

b) Que el Departamento de Educación Preescolar elaboró el Instructivo de Implementación del Plan de Menciones con fecha 18 de diciembre de 2007, el cual fue aprobado por el Departamento de Educación Preescolar y posteriormente por el Consejo de Facultad de la Facultad de Filosofía y Educación.

c) Que, los órganos mencionados, son órganos colegiados y no autoridades unipersonales, por lo que para satisfacer el requerimiento...

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