Decisión nº C1429-11, de Consejo de Transparencia de 11 de Abril de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539900842

Decisión nº C1429-11, de Consejo de Transparencia de 11 de Abril de 2012

Fecha de Resolución11 de Abril de 2012
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaGestión de Personas
TemaTrabajo, Educación

DECISIÓN AMPARO ROL C1429-11

Entidad pública: Municipalidad de Lota

Requirente: Katherine Barres Lara

Ingreso Consejo: 16.11.2011

En sesión ordinaria N° 329 de su Consejo Directivo, celebrada el 11 de abril de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C1429-11.

VISTOS:

Los artículos inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; Ley Nº 19.070, que aprueba el Estatuto de los Profesionales de la Educación, Estatuto Docente; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 5 de octubre de 2011 doña Katherine Barres Lara requirió a la Municipalidad de Lota le entregara informe de su desempeño docente, emitido por el Director de la Escuela E-703, Ángel de Peredo.

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: Doña Katherine Barres Lara dedujo amparo a su derecho de acceso a la información el 14 de noviembre de 2011 en contra de la Municipalidad de Lota, fundado en el hecho de no haber recibido respuesta a su solicitud dentro del plazo legal establecido en el artículo 14 de la Ley de Transparencia.

3) SALIDA ANTICIPADA DE RESOLUCIÓN DE AMPARO: El Consejo Directivo de esta Corporación, en sesión ordinaria Nº 163, de 23 de noviembre de 2011, determinó aplicar una gestión para la salida alternativa de resolución del presente amparo, con el fin de determinar si existe voluntad de dar entrega voluntaria de la información que ha sido solicitada. Como consecuencia de lo anterior, la encargada de transparencia municipal del organismo reclamado, informó a este Consejo, mediante correo electrónico de 13 de diciembre de 2011, que la respuesta fue enviada a la solicitante, a través de Ordinario Nº 1.238, de 18 de octubre de 2011, en el...

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