Decisión nº C418-11, de Consejo de Transparencia de 29 de Abril de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539900738

Decisión nº C418-11, de Consejo de Transparencia de 29 de Abril de 2011

Fecha de Resolución29 de Abril de 2011
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaOrden y Seguridad Interior

DECISIÓN AMPARO ROL C418-11

Entidad pública: Policía de Investigaciones de Chile.

Requirente: Ancízar Sánchez Hurtado.

Ingreso Consejo: 04.04.2011.

En sesión ordinaria Nº 241 del Consejo Directivo, celebrada el 29 de abril de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol Ingreso Consejo C418-11.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, don Ancízar Sánchez Hurtado, con fecha 20 de enero de 2011, solicitó a la Policía de Investigaciones de Chile, información referida a diversos funcionarios, quienes habrían participado en el operativo efectuado el 18 de enero de 2011, entre las 06:40 y 09:47 horas. En particular, requirió lo siguiente:

1. Identificación con nombres, apellidos, RUT y domicilio, de la conductora del vehículo Placa Patente Única BPJY 97;

2. Si el vehículo Placa Patente Única BPJY 97 es particular o estatal;

3. Cargo en la PDI de la Conductora del vehículo ya indicado;

4. Renta de la Conductora del vehículo indicado;

5. Nota evaluativa anual de los últimos tres años de Conductora del vehículo;

6. Antigüedad en la Institución PDI de Conductora del vehículo;

7. Si la funcionaria Conductora del vehículo Placa Patente Única BPJY 97 está capacitada para hacer uso de su armamento de servicio;

8. Identificación, esto es, nombres, apellidos, RUT, domicilio de los dos (02) funcionarios que acudieron como refuerzo en una patrulla al llamado de la conductora del vehículo Placa Patente Única BPJY 97;

9. Señalar si el vehículo de los dos funcionarios mencionados en ítem 8 es particular con baliza o estatal;

10. Cargo en su institución de los dos funcionarios que acudieron como refuerzo a solicitud de la involucrada;

11. Renta de los...

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