Decisión nº RC58-10, de Consejo de Transparencia de 26 de Noviembre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539900646

Decisión nº RC58-10, de Consejo de Transparencia de 26 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2010

RESUELVE REPOSICIÓN EN AMPARO ROL C58-10

Entidad pública: Municipalidad de El Monte

Requirente: Pío Ortega Reyes

Ingreso Consejo: 26.10.2010

En sesión ordinaria N° 202 de su Consejo Directivo, celebrada el 26 de noviembre de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del recurso de reposición administrativo deducido en contra de la decisión recaída en el amparo Rol A58-09, de 5 de octubre de 2010, de conformidad con lo dispuesto en el art. 59 de la Ley N° 19.880, de 2003.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) DECISIÓN RECURRIDA: El 5 de octubre de 2010, en la sesión ordinaria N° 187 de su Consejo Directivo, este Consejo se pronunció sobre el amparo por denegación de información Rol C58-10, deducido por don Pío Ortega Reyes en contra de la Municipalidad de El Monte y resolvió acogerlo en virtud de las consideraciones expuestas en dicho acuerdo. Asimismo, se acordó instruir un sumario administrativo en contra del Alcalde de dicho municipio, a efectos de establecer si su conducta constituía una denegación infundada al acceso a la información. Por su parte, mediante Oficio N° 2.161, de 14 de octubre de 2010, despachado con la misma fecha, este Consejo notificó por carta certificada dicha decisión tanto al reclamante como al reclamado.

2) REPOSICIÓN: Mediante presentación de 26 de octubre de 2010 el Alcalde de la Municipalidad de El Monte dedujo, dentro de plazo legal, recurso de reposición administrativo en contra de la decisión ya individualizada, solicitando la enmienda del numeral IV de su parte resolutiva, en la que se acordó instruir un sumario administrativo en contra del Alcalde recurrente, con el objeto de establecer si su conducta en el caso de la especie constituye una denegación infundada al acceso a la información requerida por don Pío Ortega Reyes, solicitando tal gestión a la Contraloría General de la República de acuerdo a lo prescrito en el artículo 49 de la Ley de Transparencia. Funda su solicitud en lo siguiente:

a) No obstante no ser habida la documentación requerida en los amparos Roles C58-10, C146-10 y C308-10, actualmente se ha encontrado la misma, como consecuencia de una búsqueda masiva en las dependencias municipales, particularmente las bodegas, realizada el 23 de octubre de 2010.

b) Mediante Oficio N° 694, de 22 de octubre de 2010, remitido también al correo electrónico de contacto del Consejo para la Transparencia, se hace entrega de la información requerida correspondiente al amparo Rol C58-10, esto es:

i. Copia autorizada del Oficio N° 01316, del 28 de septiembre de 1999, del Alcalde de la comuna de El Monte al Abogado Jefe de la División de Municipalidades de la Contraloría General de la República.

ii. Copia autorizada de fotocopias tenidas a la vista de las...

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