Decisión nº C709-11, de Consejo de Transparencia de 12 de Agosto de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539900374

Decisión nº C709-11, de Consejo de Transparencia de 12 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2011
TipoDocumentos Oficiales
MateriaCompras y Licitaciones
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO C709-11

Entidad Publica: Municipalidad de Punta Arenas

Requirente: Jorge Espicel Cárdenas

Ingreso Consejo: 08.06.2011

En sesión ordinaria N° 272 del Consejo Directivo, celebrada el 12 de agosto de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C709-11.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 04 de mayo de 2011, don Jorge Espicel Cárdenas, solicitó a la Municipalidad de Punta Arenas información relativa al oferente “Go Consultoría y Coaching EIRL.” en el contexto de la licitación 2351-48-LS10, de 02 de diciembre de 2010, convocada por esa Municipalidad. En particular, requirió:

a) Se informe quién, en Chilecompra o Mercadopublico, autorizó a la Municipalidad de Punta Arenas para efectuar cambios de fechas en la ficha de la licitación;

b) Se informe en qué fecha fueron ingresados los documentos de Go Coaching al portal de Mercadopublico; y,

c) Se informe qué documentos fueron ingresados por Go Coaching antes del vencimiento de la primera etapa de la licitación.

2) Posteriormente, con fecha 07 de junio de 2011, don Jorge Espicel Cárdenas dedujo amparo a su derecho de acceso a la información a través de la...

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