Decisión nº C1079-11, de Consejo de Transparencia de 18 de Noviembre de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539900154

Decisión nº C1079-11, de Consejo de Transparencia de 18 de Noviembre de 2011

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2011
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C1079-11

Entidad pública: Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo.

Requirente: María Sintia Hernández Inostroza.

Ingreso Consejo: 31.08.2011

En sesión ordinaria N° 296 de su Consejo Directivo, celebrada el 18 de noviembre de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C1079-11.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 21 de julio de 2011, doña María Hernández Inostroza, en su calidad de administradora de la comunidad Edificio Balmaceda, habría solicitado a la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud de la Región de Coquimbo, conocer el estado de tramitación de una inspección sanitaria requerida con anterioridad a los locales de la Comunidad Edificio Balmaceda 469, de La Serena.

2) Que, posteriormente, con fecha 31 de agosto de 2011, doña María Hernández Inostroza dedujo amparo a su derecho de acceso a la información, a través de la Gobernación Provincial de Elqui e ingresado a este Consejo el 01 de septiembre pasado, en contra de la SEREMI de Salud de la Región de Coquimbo, fundado en que no habría recibido respuesta a su presentación de parte de ese órgano.

3) Que, efectuado el examen de admisibilidad del presente amparo, el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, en sesión ordinaria Nº 280, de 7 de septiembre de 2011, acordó requerir a la recurrente que subsanara su amparo, en orden a que se sirviera remitir a esta Corporación copia de la solicitud de información realizada a la SEREMI de Salud de la Región de Coquimbo, el día 21 de julio 2011, timbrada por el órgano requerido, o...

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