Decisión nº C54-10, de Consejo de Transparencia de 15 de Junio de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539899770

Decisión nº C54-10, de Consejo de Transparencia de 15 de Junio de 2010

Fecha de Resolución15 de Junio de 2010
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaSubsidios y Beneficios
TemaSeguridad Social, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C54-10

Entidad pública: SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Arica.

Requirente: Samuel Zúñiga Ceballos

Ingreso Consejo: 27.01.2010

En sesión ordinaria N° 157 de su Consejo Directivo, celebrada el 15 de junio de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C54-10.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 21 de diciembre de 2009, don Samuel Zúñiga Ceballos solicitó a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes de la Región de Arica y Parinacota (en adelante, la SEREMI de Transportes) la siguiente información:

a) Acto o resolución en que se basó la autoridad regional para borrarlo del listado de 108 ex trabajadores portuarios de Arica beneficiarios de la “Red de protección social para el puerto de Arica”;

b) Acto o resolución en que se apoyó la autoridad regional para negarle esta ayuda;

c) Acto o resolución en que se basó la autoridad para no incluirlo en la nómina de 26 ex trabajadores portuarios que en octubre de 2008 fueron considerados para recibir beneficios estatales;

d) Acto o resolución en que se amparó la autoridad regional para que no se acogiera su solicitud para reemplazar a trabajadores que habrían renunciado al beneficio;

e) Memo interno de la Intendencia regional dirigido al SEREMI de Transportes, mediante el cual se instruye la posibilidad de acceder a lo solicitado (reemplazar a los trabajadores que han renunciado al beneficio);

f) Solicita el acto o resolución en que se basó la autoridad regional para incluir al Sr. Juan Carlos Calderón Villavicencio en la última nómina de beneficiarios, en circunstancias que éste no sería trabajador portuario;

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