Decisión nº C212-11, de Consejo de Transparencia de 3 de Mayo de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539899646

Decisión nº C212-11, de Consejo de Transparencia de 3 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2011
TipoDocumentos Oficiales
MateriaDesarrollo y Gestión Institucional
TemaServicios Básicos

DECISIÓN AMPARO ROL C212-11

Entidad pública: Superintendencia de Servicios Sanitarios.

Requirente: Paula Fuentes Merino.

Ingreso Consejo: 22.02.2011.

En sesión ordinaria N° 242 de su Consejo Directivo, celebrada el 3 de mayo de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo Rol C212-11.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 7 de enero de 2011, a través del Sistema Informático de la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias del Ministerio de Obras Públicas, doña Paula Fuentes Merino solicitó copia del acto jurídico en virtud del cual se privatizó la empresa EMOS.

2) DERIVACIÓN DE LA SOLICITUD DE ACCESO: En esa misma fecha, el Ministerio de Obras Públicas informó a la reclamante que su solicitud fue remitida a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, por no corresponder su conocimiento a dicho ministerio.

3) AMPARO: El 22 de febrero del presente año, doña Paula Fuentes Merino interpuso ante este Consejo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, fundado en que dicho organismo no habría atendido dentro de plazo su requerimiento de información.

4) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ÓRGANO RECLAMADO: El Consejo Directivo del...

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