Decisión nº 112-10, de Consejo de Transparencia de 1 de Junio de 2010
Fecha de Resolución | 1 de Junio de 2010 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Gestión de Personas |
Tema | Seguridad Social, Otros, especificar |
DECISIÓN AMPARO ROL C112-10
Entidad pública: Instituto de Previsión Social (IPS)
Reclamante: Mario Zamorano Vega
Ingreso Consejo: 03.03.2010
En sesión ordinaria N° 153 de su Consejo Directivo, celebrada el 1° de junio de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo Rol C112-10.
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; la Ley N° 20.285, de 2008, sobre acceso a la información pública; la Ley N° 19.880, del 2003, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285 y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 28 de diciembre de 2009, don Mario Zamorano Vega solicitó a la Gobernación Provincial de Iquique, la siguiente información respecto de su situación previsional, a saber:
a) Bono N° 09-167943-4, de 16 de noviembre de 1995.
b) Liquidación del bono de exonerado adicional, de 24 de junio de 1997.
c) Abonos y cargos realizados en los años 2002 y 2003.
d) Liquidación del bono de exonerado adicional, de 15 de octubre de 2004.
2) DERIVACIÓN DE LA SOLICITUD: La Gobernación de Iquique, mediante Ord. N° 44, de 7 de enero de 2010, derivó el requerimiento a la Dirección Regional del Instituto de Previsión Social de Iquique (en adelante IPS), en conformidad con el artículo 13 de la Ley de Transparencia. Dicho oficio fue recibido en dicho órgano el 15 de enero de 2010. La Dirección Regional, a su vez, mediante Ord. N° 10, de 15 de enero, remitió la solicitud del requirente a la Dirección Nacional.
3) RESPUESTA: Mediante carta S.G. N° 2396-10-2, de 5 de febrero de 2010, la Secretaria General del IPS, señaló al requirente que:
a) La solicitud no corresponde a una petición de información amparada por la Ley de...
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