Decisión nº C810-13, de Consejo de Transparencia de 24 de Julio de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539898742

Decisión nº C810-13, de Consejo de Transparencia de 24 de Julio de 2013

Fecha de Resolución24 de Julio de 2013
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaGestión de Personas
TemaOrden y Seguridad Interior

DECISIÓN AMPARO ROL C810-13

Entidad pública: Carabineros de Chile.

Requirente: Sergio Millamán Manríquez.

Ingreso Consejo: 05.06.2013.

En sesión ordinaria Nº 452 de su Consejo Directivo, celebrada el 24 de julio de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C810-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 13 de mayo de 2013, don Sergio Millamán Manríquez realizó una presentación ante Carabineros de Chile, donde requirió información sobre la situación del ex cabo don Walter Ramírez Inostroza, debido a que se encuentra pendiente un recurso de impugnación presentado en contra de la Resolución que dispuso su licenciamiento. En este contexto, requiere saber si dicha impugnación fue resuelta, en qué sentido y si fue confirmado el licenciamiento. Además, requirió saber si el funcionario en cuestión fue alejado de sus funciones y si mantiene un vínculo con la Institución.

2) Que, con fecha 28 de mayo de 2013, Carabineros de Chile remitió respuesta al requirente, mediante carta RSIP N° 20847.

3) Que, el 05 de junio de 2013, don Sergio Millamán Manríquez, dedujo ante este Consejo amparo al derecho de acceso a la información pública en contra de Carabineros...

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