Decisión nº C885-13, de Consejo de Transparencia de 19 de Junio de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539898538

Decisión nº C885-13, de Consejo de Transparencia de 19 de Junio de 2013

Fecha de Resolución19 de Junio de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C885-13

Entidad pública: Servicio Electoral (SERVEL).

Requirentes: Carlos Ansgar Koehler.

Ingreso Consejo: 14.06.2013

En sesión ordinaria N° 443 de su Consejo Directivo, celebrada el 19 de junio de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C885-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 11 de junio de 2013, don Carlos Ansgar Koehler realizó una consulta de su afiliación política ante el Servicio Electoral, completando un formulario proporcionado por dicho órgano. En la parte de dicho documento que se encuentra reservada al SERVEL, consta que el requirente figura en el duplicado del registro general de afiliados al partido político Igualdad, desde el 6 de octubre de 2011. Asimismo, aparece en el mismo formulario, que el requirente completó una solicitud de renuncia a partido político.

2) Que, con fecha 14 de junio de 2013, don Carlos Ansgar Koehler dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública ante este Consejo, en contra del Servicio Electoral, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 33, letra b), de la Ley de Transparencia, corresponde...

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