Dictamen nº 515 de Contraloría General de la República, de 8 de Enero de 1997 - Doctrina Administrativa - VLEX 239473262

Dictamen nº 515 de Contraloría General de la República, de 8 de Enero de 1997

la direccion tecnica de las actividades del instituto de salud publica de chile, destinadas a la fabricacion de productos y elementos de caracter biologico, puede ser efectuada por un medico veterinario, pero no aquellas que, en casos excepcionales, se desarrollen para la elaboracion de productos farmaceuticos. ello, porque acorde inc/1 del art/126 del codigo sanitario, la direccion tecnica de las droguerias y laboratorios de los productos farmaceuticos, alimentos de uso medico, cosmeticos y preparados higienicos, debe estar a cargo de un profesional farmaceutico o quimico farmaceutico, a diferencia de lo que sucede en los casos de elaboracion de materias primas o drogas de origen biologico, que se obtengan por procesos de tal indole. lo anterior, ya que segun lo establecido en el inc/2 del citado precepto, en esta ultima situacion, la aludida direccion puede, ademas, corresponder a un bioquimico, a un medico cirujano microbiologo o a un medico veterinario. por otra parte, considerando que conforme lt/c del art/37 del dl 2763/79, al referido instituto le corresponde ser el organismo productor oficial del estado para la elaboracion...

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