Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 28 de Junio de 2012 (Rol Nº 000516-2012) - Jurisprudencia - VLEX 494292198

Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 28 de Junio de 2012 (Rol Nº 000516-2012)

Presidente del tribunalAdministrativo
EmisorTribunal de Propiedad Industrial
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
Fecha28 Junio 2012
Número de expediente946124

Santiago, veintiocho de junio del año dos mil doce.

Vistos:

A fojas 1, se solicitó el registro de la marca denominativa “DELTAPLUS” por FARMACOLOGIA EN AQUACULTURA VETERINARIA FAV S.A, para distinguir productos farmacéuticos, veterinarios e higiénicos; sustancias dietéticas para uso medico, alimentos para bebes; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para moldes dentales; desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos;

fungicidas, herbicidas, clase 5;

A fojas 17, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 22 de la Ley 19.039, el Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial por resolución de fecha veintisiete de marzo del año dos mil doce, rechazó de oficio dicho registro fundado en el artículo 19 y las causales de irregistrabilidad contenidas en las letras f) y h) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, por el registro inscrito bajo el número 627.705 solicitud de renovación número 1002823, correspondiente a la marca denominativa “DELTAVET”,

que distingue productos veterinarios para equinos 5, cuyo titular es DELTAVET S.R.L.;

Con lo relacionado y considerando,

PRIMERO

Que, dichas causales de rechazo dicen relación con la falta de distintividad,

con las semejanzas gráficas y fonéticas determinantes de los signos, y las que se presten para inducir en confusión, error o engaño respecto de la procedencia o cualidad de los productos, impidiendo su adecuada concurrencia mercantil;

SEGUNDO

Que, el signo solicitado “DELTAPLUS”, como conjunto, tiene fisonomía propia,

presentando suficientes diferencias gráficas y fonéticas, con respecto de la marca fundante del rechazo de oficio “DELTAVET”, produciendo una asociación visual y auditiva distinta, lo que permitirá su adecuada identificación en el mercado, sin provocar confusión,

error o engaño en los consumidores;

TERCERO

Que, por lo precedentemente expuesto, cabe considerar atendibles los fundamentos del recurso de apelación deducido a fojas 20.

Por tanto y de acuerdo con lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR