Causa nº 1941/2011 (Casación). Resolución nº 56133 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 16 de Diciembre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 366588790

Causa nº 1941/2011 (Casación). Resolución nº 56133 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 16 de Diciembre de 2011

JuezS Rosa Egnem S.,María Eugenia Sandoval G.,Patricio Valdés A.
Corte en Segunda InstanciaC.A. de Santiago
Fecha16 Diciembre 2011
Número de expediente1941/2011
Número de registrocor0-tri6050000-rec19412011-tip4-fol56133
Rol de ingreso en primera instanciaL-868-2009
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesOLIVARES CHACON ALEX CON COLEGIO POLIVALENTE SAN PEDRO LIMITADA
Sentencia en primera instancia9º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO
Rol de ingreso en Cortes de Apelación3233-2010

Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil once.

Vistos:

En autos, rol Nº 868-2009 del 9° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago don A.O.C. demandó en juicio ordinario laboral a su ex empleador, el Colegio Polivalente S.P.L., a fin que se declare nulo su despido por no pago de cotizaciones previsionales y, entre otras prestaciones, se condene al demandado al pago de las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo entre la fecha del despido y aquélla en que éste se convalide, todo, con costas.

El demandado contestó la demanda solicitando su rechazo, con costas.

Por sentencia de nueve de julio de dos mil diez, escrita a fojas 86 y siguientes, el tribunal a quo, en lo que interesa, rechazó la demanda de nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales.

Se alzó la demandante y una de las salas de la Corte de Apelaciones de Santiago, por sentencia de veintiocho de enero de dos mil once, escrita a fojas 115 y siguientes, la revocó, en cuanto desestimó la acción de nulidad del despido, declarando, en su lugar, que se acoge la mencionada pretensión.

En contra de esta sentencia, el demandado dedujo recurso de casación en el fondo, por haber sido dictada, a su juicio, con infracción de ley que ha influido en lo dispositivo del fallo y pidiendo que se la anule y se dicte la de reemplazo que indica.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que el recurrente denuncia infracción al artículo 162 del Código del Trabajo sosteniendo que los jueces del fondo incurrieron en error de derecho al condenarlo a la sanción contenida en el inciso séptimo de la norma citada, no obstante que el contrato que lo vinculaba al actor terminó por la llegada del plazo y no por decisión del empleador. Manifiesta que de acuerdo a la redacción del artículo citado el referido inciso séptimo, que establece la sanción ya aludida, sólo se aplica cuando el empleador despide al actor y no cuando éste se limita a comunicarle el término del contrato de trabajo por la llegada del plazo acordado por las partes.

Finaliza expresando la influencia que, en su concepto, ha tenido el error de derecho que denuncia, en lo dispositivo del fallo.

Segundo

Que son hechos establecidos en la sentencia:

  1. el actor se desempeñó en la entidad demandada como docente de aula, a partir del 27 de marzo de 2008.

  2. el contrato terminó el día 28 de febrero de 2009, por el vencimiento del plazo convenido por las partes.

  3. el demandado no pagó lo correspondiente a...

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