Causa nº 6298/2009 (Casación). Resolución nº 49306 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 8 de Noviembre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 333034110

Causa nº 6298/2009 (Casación). Resolución nº 49306 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 8 de Noviembre de 2011

JuezHaroldo Brito C.,María Eugenia Sandoval G.,Pedro Pierry A.
Fecha08 Noviembre 2011
Número de registrocor0-tri6050000-rec62982009-tip4-fol49306
Número de expediente6298/2009
MateriaDerecho Procesal
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)

1

Santiago, ocho de noviembre de dos mil once.

Vistos:

Primero

Que en estos autos Rol Nº 6298-2009 la parte demandada de M.V.F.H. ha recurrido de casación en la forma en contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la sentencia de primer grado que rechazó la demanda interpuesta en juicio ordinario de nulidad de acto administrativo y acogió en parte la demanda de petición de herencia.

Se trajeron los autos en relación:

Segundo

Que en estos autos, doña L.V.C. y doña C.A.L. dedujeron en lo principal de la presentación de fs. 17 y siguientes, demanda de nulidad de derecho público de la resolución exenta N° 16.694 de 23 de junio de 2005 del Director Regional de la Región Metropolitana del Servicio de Registro Civil, que concedió la posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de doña M.R.S.B. a su nieta M.V.F.H., causante que falleció el 25 de abril de 2005, alegando las demandantes que el 20 de enero de ese mismo año la causante otorgó un testamento abierto en favor de ambas, lo que fue desconocido por el Servicio de Re gistro Civil, otorgando la posesión efectiva a la demandada sin ser consideradas en ella no obstante existir testamento válidamente otorgado.

Luego de pedir al tribunal que se acoja la demanda y se declare la nulidad solicitada, ordenando en consecuencia la cancelación de las inscripciones de la posesión efectiva y la especial de herencia practicadas, en el primer otrosí señalaron que, una vez declarada la nulidad del acto referido, demandan de acción de petición de herencia en contra de M.V.F.H. para que se reconozca su calidad de herederas testamentarias.

Tercero

Que la recurrente señala que la sentencia de primera instancia rechazó la nulidad de derecho público alegada argumentando que el servicio público demandado al dictar el acto impugnado cumplió con todos y cada uno de los requisitos legales, sin que la negligencia del Notario que otorgó el instrumento público por enviarlo tardíamente al Servicio de Registro Civil e Identificación, -ya que no obstante haber sido otorgado el 20 de enero de 2005 recién fue informado al Servicio de Registro Civil el 13 de julio del mismo año- lleve a establecer que al dictar la resolución incurrió en un exceso de facultades, ya que no se estaba en conocimiento de la existencia del testamento. A continuación el fallo recurrido estableció la calidad de herederas...

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