Causa nº 1839/2007 (Casación). Resolución nº 12390 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 23 de Abril de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 332896702

Causa nº 1839/2007 (Casación). Resolución nº 12390 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 23 de Abril de 2009

Fecha de Resolución23 de Abril de 2009
MovimientoRECHAZADAS CASACIÓN FORMA Y FONDO
Rol de Ingreso1839/2007
EmisorSala Tercera (Constitucional)

1

Santiago, veintitrés de abril de dos mil nueve.

Vistos:

En estos autos rol nº 1839-2007 sobre reclamación de acta denuncia artículo 97 nº4 del Código Tributario, interpuesta por el contribuyente H.A.T., dicha parte ha deducido recurso de casación en la forma y en el fondo, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que confirmó la de primera instancia que rechazó la reclamación, y aplicó al contribuyente una multa de $40.256.777 equivalente al 100% de lo defraudado.

A fojas 173 esta Corte requirió al Tribunal Constitucional para que se pronunciara sobre la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 161 inciso del Código Tributario.

A fojas 174 se agregó copia de la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró que la aplicación en la gestión pendiente, del inciso 1° del artículo 161 del Código Tributario no resulta contraria a la Constitución Política de la República.

Se trajeron los autos en relación.

Considerando:

  1. En cuanto al recurso de casación en la forma:

Primero

Que el recurrente ha sostenido que la sentencia impugnada ha incurrido en las causales de nulidad formal de los numerales 5 y 9 del artículo 768 del Código de Procedimiento C ivil, en relación a los números 4, 5 y 6 del artículo 170 del mismo código, consistente en haber pronunciado la sentencia recurrida con omisión de los requisitos exigidos en los artículos mencionados, por cuanto el fallo no fundamentó en relación a las alegaciones de su parte, como tampoco respecto de los documentos acompañados y los libros contables. Estima además que los antecedentes señalados por el Servicio de Impuestos Internos no son suficientes para que se adquiera la convicción de que se haya empleado un procedimiento doloso o irregular contenido en la descripción de la infracción referida;

Segundo

Que al explicar cómo las causales invocadas han tenido influencia en lo dispositivo del fallo, refiere que de no haberse incurrido en la falta de consideraciones de hecho y de derecho que su parte hizo valer, se hubiese acogido la solicitud de tener por no formulada el acta denuncia;

Tercero

Que para analizar las causales de casación en la forma invocadas, cabe consignar que la presente reclamación se encuentra regida por los trámites propios del artículo 161 del Código Tributario, y como tal se rige por una ley especial, y le es aplicable lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil que no admite el recurso de nulidad de forma por la causal del artículo 768 Nº 9 y que tratándose de la causal del nº 5 sólo cuando se haya omitido la decisión del asunto controvertido;

Cuarto

Que conforme a lo anterior debe desecharse el recurso en estudio respecto de la causal del artículo 768 nº 5 en la parte que se relaciona con el artículo 1704 y 5, y de igual modo la causal del Nº 9 del artículo 768 todos del Código de Procedimiento Civil, por improcedentes;

Quinto

Que en lo que se refiere a la causal de falta de decisión del asunto controvertido, cabe también desestimarla, por cuanto la sentencia impugnada claramente resuelve la controversia al confirmar la sentencia de primer grado que rechazó la reclamación del contribuyente, por lo que en definitiva el recurso de nulidad formal no puede prosperar;

  1. En cuanto al recurso de casación en el fondo:

Sexto

Sexto

Que el recurrente, ha afirmado que la sentencia...

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