Causa nº 5330/2005 (Casación). Resolución nº 17755 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 25 de Julio de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 332767478

Causa nº 5330/2005 (Casación). Resolución nº 17755 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 25 de Julio de 2006

Fecha de Resolución25 de Julio de 2006
MovimientoRECHAZADAS CASACIÓN FORMA Y FONDO
Rol de Ingreso5330/2005
EmisorSala Tercera (Constitucional)

CONSULTA ESTADOS DE RECURSOS DETALLE RESOLUCION

Recurso 5330/2005 - Resolución: 17755 - Secretaría: UNICA

B;

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Santiago, veinticinco de julio de dos mil seis.

VISTOS:

En estos autos rol Nº5.330-2005 el demandante, don W.T.Q., dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo contra la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago, mediante la cual se revocó la sentencia de primera instancia, que hacía lugar a la demanda de indemnización de perjuicios, declarando que ésta queda rechazada.

Se trajeron los autos en relación.

CONSIDERANDO:

  1. En cuanto al recurso de casación en la forma:

    1. ) Que este recurso se funda por quien lo interpone en las causales de invalidación formal contempladas en el artículo 768 Nºs.4 y 5 esta última en relación con el artículo 170 Nº4- del Código de Procedimiento Civil;

    2. ) Que la primera de esas causales que comprende el llamado vicio de ultra petita- se habría configurado, según expresa el recurrente, por haberse pronunciado la sentencia cuestionada sobre la prescripción extintiva opuesta por su contraparte acogiendo dicha excepción-, en circunstancias de que había sido renunciada tácitamente por esta última, al haber realizado una actuación incompatible con la prescripción, como lo fue el planteamiento previo expuesto en el petitorio del libelo de la apelación en orden a que la demanda sea rechazada, en razón de existir una servidumbre de acueducto, alegación que privaba de fundamento a la demanda.

      Al haber emitido decisión sobre la excepción de prescripción, que había quedado marginada de la materia controvertida, el fallo recurrido según el recurso- se extendió a un punto no sometido a la decisión del tribunal; situación que es constitutiva del defecto previsto en el artículo 768 Nº4, antes citado, del Código de Procedimiento Civil;

    3. ) Que el supuesto que sirve de base a la recurrente para invocar el vicio que afectaría al fallo que cuestiona, consistente en la renuncia tácita de la excepción de prescripción por parte de la demandada, carece de asidero en la realidad del proceso, puesto que la lectura del petitorio del libelo en que dicha litigante propone su apelación contra el fallo de primer grado no permite colegir que haya abdicado del derecho a alegar la excepción de que se trata, desde que, a la conclusión de ese escrito, aquélla formula conjunta y directamente diversas peticiones al tribunal de alzada, todas dirigidas a alcanzar el rechazo de la pretensión del actor, entre...

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