Causa nº 798/2006 (Casación). Resolución nº 11475 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 15 de Mayo de 2007 - Jurisprudencia - VLEX 332754718

Causa nº 798/2006 (Casación). Resolución nº 11475 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 15 de Mayo de 2007

Fecha de Resolución15 de Mayo de 2007
MovimientoINVALIDA DE OFICIO RECURSO DE CASACIÓN
Rol de Ingreso798/2006
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, quince de mayo de dos mil siete.

Vistos:

En autos rol Nº 5.959-03 seguidos ante el Cuarto Juzgado del Trabajo de Santiago, doña R.M.S.G. deduce demanda en contra de Climpid S.A. y de Seasin S.A., representadas por don H.C.D., a fin que se declare injustificado y nulo su despido y se condene a las demandadas al pago de las prestaciones que indica, más reajustes, intereses y costas.

La demandada S.S.A., evacuando el traslado conferido, opuso la excepción de prescripción y solicitó el rechazo de la acción deducida en su contra, por haberse ajustado el despido a la causal contemplada en el artículo 1603 del Código del Trabajo; además controvirtió la fecha de inicio de la relación laboral, asumiendo que comenzó con la empresa Climpid S.A. el 22 de noviembre de 1999; sostuvo que no es efectivo que se le pagara una remuneración inferior a la legal y que nada le adeuda por el mes de agosto de 2003, ni por feriado proporcional el que fue solucionado en la Inspección del Trabajo.

La actora, en relación con la prescripción, alegó que, en materia laboral, la interrupción opera desde que interviene requerimiento, siendo suficiente la presentación de la demanda a distribución, agregando que la dilación en la notificación de la demanda no es imputable a su parte, quien realizó las gestiones pertinentes.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de primero de marzo de dos mil cinco, escrita a fojas 118, rechazó la excepción de prescripción en lo relativo a las acciones derivadas del despido y feriado y la acogió en cuanto a la remuneración de agosto de 2003, diferencias de remuneraciones y remuneraciones derivadas de la aplicación del artículo 162 del C f3digo del Trabajo, en consecuencia, condenó a la demandada a pagar indemnización sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, esta última incrementada en un 80%, más reajustes e intereses, imponiendo a cada parte sus costas.

Se alzaron ambas partes y una de las salas de la Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo de veintiuno de diciembre de dos mil cinco, que se lee a fojas 162, revocó aquella decisión y, en su lugar, acogió íntegramente la excepción de prescripción, desestimando totalmente la demanda, sin costas.

En contra de esta última sentencia, la demandante deduce recurso de casación en el fondo, a fin que se la invalide y se dicte la de reemplazo que describe.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que el recurrente denuncia vulnerados los artículos 480 del...

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