Causa nº 5128/2002 (Casación). Resolución nº 13118 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 6 de Agosto de 2003 - Jurisprudencia - VLEX 329384043

Causa nº 5128/2002 (Casación). Resolución nº 13118 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 6 de Agosto de 2003

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2003
Movimientose rechaza
Rol de Ingreso5128/2002
EmisorSala Cuarta (Mixta)

CONSULTA ESTADOS DE RECURSOS DETALLE RESOLUCION

Recurso 5128/2002 - Resolución: 13118 - Secretaría: UNICA

Santiago, seis de agosto de dos mil tres.

Vistos:

En autos, Rol Nº 846-2000 del Primer Juzgado del Trabajo de Talca, caratulados N. delP.J. con Transportes CCU Ltda., por sentencia de primer grado se acogió, con costas, la demanda y se ordenó a la sociedad demandada a pagar los actores diferencias de indemnizaciones por despido, originadas en la inclusión en la base de cálculo de éstas, el valor de la colación recibida por los trabajadores en las instalaciones de la empresa.

La Corte de Apelaciones de esa ciudad conociendo del recurso interpuesto por la demandada, en sentencia de 8 de octubre del 2002, confirmó, con voto de mayoría y con mayores fundamentos la decisión de primer grado. A su vez el voto disidente, consignó la opinión de revocar el fallo en alzada y tuvo para ello en consideración que la colación otorgada en especie en las dependencias de la empresa, corresponde a condiciones de interés del cuerpo colectivo destinadas a mejorar las condiciones de trabajo y por ende no tienen la característica de remuneración.

En contra de la sentencia de segunda instancia, la demandada dedujo recurso de casación en el fondo, porque a su juicio se ha incurrido en infracción a las normas previstas en el inciso 1º del artículo 172 en relación con el inciso 1º del artículo 41 y 163 del Código del Trabajo, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, a fin de que esta Corte lo invalide y dicte sentencia de reemplazo que resuelva que no corresponde incluir en la base de cálculo de las indemnizaciones por despido la colación otorgada en especies a los demandantes.

Se ordenó traer los autos en relación.

Considerando:

Primero

Que el recurrente denuncia la infracción, por errada interpretación de las no rmas previstas en el inciso 1º del artículo 172, en relación al inciso 1º del artículo 41 y 163 del Código del Trabajo, puesto que si la interpretación de dichas normas fuera la correcta, los sentenciadores de segunda instancia habrían llegado a la conclusión que la colación otorgada en especies, en las dependencias de la empleadora, no debe incluirse en la base de cálculo para determinar el monto de las indemnizaciones legales por despido.

Segundo

Lo anterior, sostiene la recurrente, se desprende al determinar la diferencia entre los vocablos...

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