Causa nº 1243/2011 (Casación). Resolución nº 11339 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 24 de Marzo de 2011
Fecha de Resolución | 24 de Marzo de 2011 |
Movimiento | INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO |
Rol de Ingreso | 1243/2011 |
Emisor | Sala Cuarta (Mixta) |
Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil once.
Vistos y teniendo presente:
Que en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada a fojas 104.
Que la recurrente denuncia la vulneración de los artículos 162, 163, 168,169 y 456 del Código del Trabajo. Sostiene, en síntesis, que los sentenciadores del fondo han infringido la ley, en primer término, al acoger la demanda y decidir que el despido fue injustificado a pesar que acreditó con la prueba documental rendida que tal desvinculación se ajustó a derecho, pues había necesidad económica de despedir al actor y contratar a otro por una remuneración menor; en segundo lugar, porque el actor hizo aceptación de la causal al percibir las indemnizaciones que le correspondían conforme a la causal invocada, siendo contraria a la ley la reserva estampada en el finiquito.
Que los errores de derecho alegados resultan ser alternativos uno del otro, toda vez que primero afirma que debió rechazarse la demanda porque probó la causal de término de los servicios, para luego alegar que tampoco podía acogerse ya que el actor hizo aceptación de la causal al recibir la indemnizaciones.
Que esta Corte ha resuelto reiteradamente que son inadmisibles aquellos recursos de casación en el fondo que plantean infracciones alternativas, toda vez que, al procederse de esta manera, no se respeta el carácter de derecho estricto propio de la casación en el fondo. Este exige que las infracciones legales que se atribuyen al fallo recurrido se planteen derechamente y no en forma dubitativa, contradictoria, subsidiaria o alternativa, c omo ocurre en la especie, por lo que el recurso interpuesto no puede acogerse a tramitación.
Que, sin perjuicio de lo anterior, la controversia del juicio se circunscribe a las alegaciones que las partes hayan hecho valer en los escritos de demanda y contestación, trámite este último donde el demandado no alegó la aceptación de la causal de parte del trabajador, de manera que las alegaciones vertidas a este respecto en el recurso de apelación resultan extrañas a la litis y, por lo tanto, desconocen la naturaleza de derecho estricto del presente recurso. Así, mal puede reprocharse la comisión de errores de derecho a propósito de preceptos que no sustentaron la...
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