Causa nº 1771/2011 (Casación). Resolución nº 1771-2011 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 15 de Abril de 2011
Juez | Rosa María Maggi D.,S Gabriela Pérez P.,Patricio Valdés A.,Rosa Egnem S.,Roberto Jacob Ch. |
Sentido del fallo | RECHAZA CASACION EN EL FONDO |
Corte en Segunda Instancia | C.A. DE VALPARAÍSO |
Partes | CANCINO ARAYA CECILIA CON UNIVERSIDAD CATOLICA DE VALPARAISO |
Fecha | 15 Abril 2011 |
Número de expediente | 1771-2011 |
Rol de ingreso en primera instancia | O7842008 |
Ruc | 000000000-0 |
Tipo de proceso | (Trabajo) Casación Fondo |
Rol de ingreso en Cortes de Apelación | 5122010 |
Número de registro | cor0-tri6050000-rec17712011-tip4-fol14971 |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Sentencia en primera instancia | 2º JUZGADO DEL TRABAJO DE VALPARAÍSO |
Santiago, quince de abril de dos mil once.
Vistos y teniendo presente:
Que en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada a fojas 212.
Que la recurrente denuncia la vulneración de los artículos 455 y 456 del Código del Trabajo. Sostiene, en síntesis, que los sentenciadores han incurrido en error de derecho al establecer la fecha de inicio de la relación laboral que unió a las partes del juicio.
Que las alegaciones formuladas por la recurrente se basan exclusivamente en la infracción de las normas que cita, pero que en modo alguno resuelven todo el asunto debatido, puesto que ello requiere de la aplicación de ciertas reglas que, como se advierte, no se han consignado en el recurso intentado, como es, el artículo 7 del Código del Trabajo.
Que lo razonado resulta suficiente para concluir que el recurso en análisis adolece de manifiesta falta de fundamento, lo que conduce a desestimarlo en esta et apa de su tramitación.
Por estas consideraciones y normas legales citadas, se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido a fojas 212 contra la sentencia de diecisiete de enero del año en curso, escrita a fojas 198 y siguientes.
Regístrese y devuélvase.
N° 1771-11.
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Patricio Valdés A., señoras G.P.P., R.M.M.D., R.E.S., y señor R.J.C.. Santiago, 15 de abril de 2011.
Autoriza la Ministra de Fe de la Excma. Corte Suprema.
En Santiago, a quince de abril de dos mil once, notifiqué en Secretaria por el Estado Diario la resolución precedente.
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