Decreto núm. 270, publicado el 25 de Enero de 2005. FIJA PRECIOS DE NUDO PARA SUMINISTROS DE ELECTRICIDAD
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA PRECIOS DE NUDO PARA SUMINISTROS DE ELECTRICIDAD
Núm. 270.- Santiago, 29 de octubre de 2004.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 103 del DFL Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería; y lo informado por la Comisión Nacional de Energía, en sus Oficios ORD. CNE Nº 1290, de fecha 15 de octubre de 2004, ORD. CNE N° 1333 de fecha 26 de octubre de 2004 y ORD. CNE N° 1359 de fecha 29 de octubre de 2004.
Decreto :
Artículo uno: Fíjanse los siguientes precios de nudo, sus fórmulas de indexación y las condiciones de aplicación de los mismos, para los suministros de electricidad a que se refiere el número 3 del artículo 90º del DFL Nº 1, de 1982, de Minería, modificado mediante ley 19.940 del 13 de marzo de 2004, que se efectúen desde las subestaciones de generación-transporte que se señalan. Estos precios podrán ser aplicados a más tardar dentro de tercer día hábil siguiente a la fecha de la publicación de este Decreto. No obstante, los nuevos precios de nudo entrarán en vigencia a contar del 1° de noviembre de 2004, conforme a lo dispuesto en el artículo 103° del DFL N° 1, de 1982, modificado por la ley antes mencionada.
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PRECIOS DE NUDO
1.1 Precios base de nudo en subestaciones troncales.
A continuación se detallan los precios base por potencia de punta y por energía que se aplicarán a los suministros servidos en las subestaciones denominadas troncales, y para los niveles de tensión que se indican.
Sistema Interconectado del Norte Grande
Subestación
Troncal Tensión
(KV) Precio
Base de
la
Potencia
De
punta
($/KW/mes) Precio Base
de
la
Energía
($/KWh) Potencia
de
Influencia
(MW)
Arica 110 3.700,31 20,445 5
Pozo Almonte 220 4.042,99 22,284 45
Parinacota 220 4.321,28 22,873 45
Cóndores 220 4.101,76 22,393 45
Tarapacá 220 3.992,43 22,022 45
Lagunas 220 3.979,90 21,950 45
Crucero-
Encuentro 220 3.713,71 20,610 10
Central
Atacama 220 3.634,20 20,076 45
Chacaya 220 3.423,32 19,099 45
Capricornio 220 3.524,87 19,643 45
Mantos
Blancos 220 3.549,07 19,773 45
Mejillones 220 3.418,56 19,072 10
Antofagasta 110 3.571,54 19,913 5
Esmeralda 220 3.703,34 20,414 45
Subestación
Troncal Tensión
(KV) Precio
Base de
la
Potencia
De
punta
($/KW/mes) Precio Base
de
la
Energía
($/KWh) Potencia
de
Influencia
(MW)
Diego de
Almagro 220 3.892,90 21,985 100
Carrera
Pinto 220 3.960,15 22,184 100
Cardones 220 3.975,18 22,246 100
Maitencillo 220 3.816,62 21,319 100
Pan de
Azúcar 220 3.878,24 21,646 100
Quillota 220 3.660,70 19,356 60
Polpaico 220 3.757,26 19,445 40
Cerro Navia 220 3.836,16 20,217 40
Alto Jahuel 220 3.720,44 19,135 40
Rancagua 154 3.828,65 19,863 40
San Fernando154 3.696,02 19,780 20
Itahue 154 3.608,47 19,114 20
Parral 154 3.617,49 19,282 20
Ancoa 220 3.505,52 17,850 20
Charrúa 220 3.518,30 18,111 20
Concepción 220 3.692,26 19,370 150
San Vicente 154 3.739,23 19,122 150
Temuco 220 4.167,40 21,688 20
Valdivia 220 4.163,24 21,615 20
Puerto
Montt 220 4.161,99 21,628 20
Pugueñún 110 5.814,30 30,215 3
Sistema Coyhaique
Subestación
Troncal Tensión
(KV) Precio Base de
la
Potencia de
punta
($/KW/mes) Precio Base de
la
Energía
($/KWh) Potencia
de
Influencia
(MW)
Coyhaique 33 6.066,00 34,737 4
Sistema Punta Arenas
Subestación
Troncal Tensión
(KV) Precio Base de
la
Potencia de
punta
($/KW/mes) Precio Base de
la
Energía
($/KWh) Potencia
de
Influencia
(MW)
Tres Puentes 66 6.056,80 25,038 18
Sistema Puerto Natales
Subestación
Troncal Tensión
(KV) Precio Base de
la
Potencia de
punta
($/KW/mes) Precio Base de
la
Energía
($/KWh) Potencia
de
Influencia
(MW)
Puerto
Natales 13,2 6.056,80 37,593 1
Sistema Puerto Porvenir
Subestación
Troncal Tensión
(KV) Precio Base de
la
Potencia de
punta
($/KW/mes) Precio Base de
la
Energía
($/KWh) Potencia
de
Influencia
(MW)
Puerto
Porvenir 23 7.417,96 33,271 1
Los precios de nudo en las subestaciones de centrales generadoras cuya potencia instalada supere la potencia de influencia de la subestación troncal más cercana, serán iguales a los precios en dicha subestación troncal para el mismo nivel de tensión. Estas subestaciones de centrales generadoras, en conjunto con las subestaciones troncales, se denominarán subestaciones principales. Los precios de nudo para las subestaciones principales, en otros niveles de tensión, y para el resto de las subestaciones de generación-transporte, incluidas las subestaciones de centrales generadoras no principales, serán iguales a los que se determinen según lo señalado en 1.2.
1.2 Precios base de nudo en subestaciones principales en niveles de tensión diferentes a los señalados en 1.1 y en subestaciones no principales.
Los precios de nudo en subestaciones principales en niveles de tensión diferentes a los señalados en 1.1 y en subestaciones no principales, incluidas las subestaciones primarias de distribución, se determinarán incrementando los precios de la energía y de la potencia de punta de la subestación principal que corresponda conforme se establece en 2.1, en los cargos por concepto de transformación y de transporte que resulten de la aplicación de las fórmulas siguientes, y verificando que no se exceda los límites denominados costos de conexión directa, de acuerdo con las condiciones de aplicación que se establece en 2.
Cargo por concepto de transformación y transporte de energía:
NOTA: VER D.O. 25.01.2005, PAGINA 2
Cargo por concepto de transformación y transporte de potencia:
NOTA: VER D.O. 25.01.2005, PAGINA 2
donde:
PBEP es el precio base de la energía en la subestación principal.
CBTE es el cargo base por transformación de energía desde el nivel de tensión en que se dispone del precio base en la subestación principal al nivel de tensión en que se desea calcular el precio de nudo. Se expresa en (%).
CBTP es el cargo base por transformación de potencia desde el nivel de tensión en que se dispone del precio base en la subestación principal al nivel de tensión en que se desea calcular el precio de nudo. Se expresa en ($/kW/mes).
n es el número de tramos líneas de transmisión hasta el punto en que se desea calcular el precio de nudo, para un mismo nivel de tensión. CBLEi es el cargo base por transporte de energía, denominado CBLE, correspondiente al tramo i, expresado en (%/km).
CBLPi es el cargo base por transporte de potencia, denominado CBLP, correspondiente al tramo i, expresado en ($/kW-mes/km).
FE Parámetro de enmallamiento para ajuste de costo
de inversión aplicable a tramo 'i', (p,u,).
kmi es la longitud de cada tramo i, calculada de acuerdo a lo indicado en 2.2 expresada en kilómetros.
Estos cargos permiten obtener los factores de penalización de energía y de potencia en estos nudos e incorporan todos los costos de inversión, operación, mantenimiento, y pérdidas de potencia y energía en las instalaciones. Los valores para CBTE, CBLE, CBTP, y CBLP se indican a continuación. Por definición, los precios de nudo en subestaciones primarias de distribución no incluirán cargos por transporte de energía ni cargos por transporte de potencia en niveles de tensión de distribución.
Valor de CBTE(%) desde la tensión señalada en 1.1: Sistema Interconectado del Norte Grande
Subestación
Principal
Correspondiente a 154 KV a 110 KV a menos de
100
KV
y más de
30 KV a nivel de
distribución
Arica 0,00 0,00 2,25 4,07
Pozo Almonte 0,00 1,49 4,34 6,13
Parinacota 0,00 1,49 4,34 6,13
Cóndores 0,00 1,49 4,34 6,13
Tarapacá 0,00 1,49 4,34 6,13
Lagunas 0,00 1,49 4,34 6,13
Crucero-
Encuentro 0,00 0,00 0,00 3,84
Central
Atacama 0,00 1,49 4,34 6,13
Chacaya 0,00 1,49 4,34 6,13
Capricornio 0,00 1,49 4,34 6,13
Mantos Blancos 0,00 1,49 4,34 6,13
Mejillones 0,00 3,39 4,34 6,13
Antofagasta 0,00 0,00 2,86 3,24
Esmeralda 0,00 1,49 4,34 6,13
Subestación
Principal
Correspondiente a 154 KV a 110 KV a menos de
100
KV
y más de
30 KV a nivel de
distribución
Diego de
Almagro 0,00 4,52 7,63 12,89
Carrera Pinto 0,00 4,52 7,63 12,89
Cardones 0,00 4,52 6,09 12,81
Maitencillo 0,00 4,52 7,63 13,19
Pan de Azúcar 0,00 4,26 7,38 12,25
Quillota 0,00 2,76 5,58 10,30
Polpaico 0,00 2,33 4,21 10,30
Cerro Navia 0,00 2,33 4,21 10,30
Alto Jahuel 0,00 2,33 4,21 10,30
Rancagua 0,00 4,14 4,14 9,19
San Fernando 0,00 4,14 4,14 9,19
Itahue 0,00 4,14 4,14 9,07
Parral 0,00 4,14 4,14 9,19
Ancoa 0,00 4,61 4,61 10,30
Charrúa 0,00 3,73 4,69 10,30
Concepción 0,00 2,84 4,69 10,30
San Vicente 0,00 2,84 4,69 10,30
Temuco 0,00 4,16 5,69 10,30
Valdivia 0,00 4,38 5,99 10,83
Puerto Montt 0,00 4,38 5,99 10,83
Pugueñún 0,00 0,00 2,99 7,66
Sistema Coyhaique
Subest...
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