Resolucion núm. 80, el 27 de Marzo de 2008. PROMULGA MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE SANTA BÁRBARA, LOCALIDAD DE SANTA BÁRBARA - GOBIERNO REGIONAL VIII REGIÓN DEL BIOBÍO - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470298418

Resolucion núm. 80, el 27 de Marzo de 2008. PROMULGA MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE SANTA BÁRBARA, LOCALIDAD DE SANTA BÁRBARA

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL VIII REGIÓN DEL BIOBÍO
Rango de LeyResolución

PROMULGA MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE SANTA BÁRBARA, LOCALIDAD DE SANTA BÁRBARA

Núm. 80.- Concepción, 9 de julio de 2007.- Considerando:

  1. La resolución Nº 120 de 14 de septiembre de 1998, del Sr. Intendente Regional del Bío Bío, publicada en el Diario Oficial del 1º de abril de 1999, que aprobó el Plan Regulador Comunal de Santa Bárbara.

  2. La necesidad de adecuar el Plan Regulador Comunal en función del crecimiento urbano, de las nuevas calles que se incorporan a la trama urbana y de los nuevos proyectos existentes en la ciudad de Santa Bárbara.

  3. El Acuerdo Nº 311 de sesión ordinaria Nº 068 del 18/11/02 del Honorable Concejo Municipal de Santa Bárbara, que aprobó el Plan de Desarrollo Comunal, y la necesidad de modificar el Plan Regulador Comunal.

  4. La Memoria Explicativa, el decreto alcaldicio Nº 112 de 2006 y el Plano MPRSB-03, que complementan al proyecto de modificación.

  5. El Acuerdo Nº 249 de sesión ordinaria Nº 059 de 23/10/06 del Honorable Concejo Municipal de Santa Bárbara, que aprobó por unanimidad la modificación del Plan Regulador Comunal.

  6. La resolución exenta Nº 244 de 26/07/06 de la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región del Bío Bío, que calificó favorablemente el proyecto de Modificación del Plan Regulador Comunal de Santa Bárbara.

  7. El oficio Ord. Nº 2.223 de 5 de Diciembre de 2006 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Bío Bío, que acompaña el Informe Técnico favorable de esta Modificación del Plan Regulador Comunal de Santa Bárbara.

  8. El certificado Nº 2117o4 de fecha 5 de Febrero de 2007 extendido por la Secretaria Ejecutiva y Ministro de Fe del Consejo de Gobierno Regional, mediante el cual se acredita que en Sesión Ordinaria Nº 4 de fecha 2 de Febrero de 2007 el Consejo de Gobierno de la Región del Bío Bío aprobó por la unanimidad de la sala el proyecto "Plan Regulador Comunal de Santa Bárbara".

    Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.695 de 1988 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores; lo dispuesto en el artículo 43º del DFL Nº 458 (V. y U.) de 1976 Ley General de Urbanismo y Construcciones; en los artículos 2.1.10 al 2.1.11 del D.S. Nº 47 (V. y U.) de 1992 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, modificado por el D.S. Nº 75 (V. y U.) de 2001, por el D.S. Nº 217 (V. y U.) de 2001 y por el D.S. Nº 33 (V. y U.) de 2002; en los artículos 1º y 2º de la ley Nº 19.778 de 2001 que modificó la ley Nº 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, en materia de planes reguladores; y lo dispuesto en la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República,

    Resuelvo:

    1. - Apruébase la Modificación del Plan Regulador Comunal de Santa Bárbara, que fue aprobado por resolución Nº 120 de 14 de Septiembre de 1998, del Sr. Intendente Regional del Bío Bío, publicada en el Diario Oficial del 1º de abril de 1999, en la forma que a continuación se indica:

    2. - Apruébase la modificación de la Ordenanza Local de conformidad con lo siguiente:

  9. Intercálase en el Artículo 1º a continuación de láminas 1 y 2, la frase "y el Plano MPRSB-03".

  10. Reemplázase el segundo inciso del Artículo 10º por el siguiente: "En los sitios esquina de calles y pasajes se exigirá ochavos según lo dispuesto en los Artículos 2.5.3 y 2.5.4. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. La longitud mínima del ochavo será de 4 m. y no podrá exceder de 8 m."

  11. Reemplázase el Artículo 13º por el siguiente:

    "Artículo 13º.- Usos de suelo con destino de Equipamiento. Los edificios destinados al equipamiento deberán...

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