Dictamen nº 259 de Contraloría General de la República, de 5 de Enero de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 238574858

Dictamen nº 259 de Contraloría General de la República, de 5 de Enero de 2010

N° 259 Fecha: 5-I-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Mabel López Cornejo, profesional titular, grado 8 de la E.U.S., del Ministerio de Planificación, para reclamar en contra de los resultados del concurso de promoción interno de las Plantas Directiva, Profesional y Técnica, de la referida Cartera de Estado, cuyas bases fueron aprobadas mediante resolución exenta N° 469, de 2009, de la respectiva Subsecretaría, y modificadas por la resolución exenta N° 596, del mismo año y origen, por cuanto, según indica, adolecería de un vicio que le impidió acceder a la plaza a que postuló.

De este modo, la afectada reclama en su presentación que los parámetros en la asignación de puntaje en el Subfactor Antigüedad en el Grado, dentro del Factor Experiencia Calificada, correspondiente al ítem 6.3.1, de las citadas directrices, fueron mal aplicados por el Comité de Selección, debido a que, en su opinión, la corrección y recálculo de sus puntos debió realizarse en consideración a los años en el grado que posee como titular en el estamento de profesionales del Servicio recurrido, y no en base al tiempo que llevaba cumpliendo una suplencia en la Defensoría Penal Pública, como ocurrió en la situación en estudio.

Requerido el respectivo informe, la Subsecretaría de Planificación ha expresado, en síntesis, que a la señora López Cornejo se le corrigió y recalculó su puntaje según el grado que tenía a la época de la publicación de las bases del certamen, esto es, 8 de la E.U.S., de la Planta Profesional de la Defensoría Penal Pública, empleo compatible que ejerció en calidad de suplente, desde el 16 de febrero al 30 de abril de 2009, en virtud de la autorización que se le otorgó al efecto, agregando que aquello se llevó a cabo con estricto apego al criterio establecido en el punto 6.3.1 de las pautas concursales, las que fueron fijadas en virtud de la libertad que tiene la Administración para determinar el procedimiento a través del cual se evalúan los requisitos y méritos de los postulantes.

Al respecto, cabe hacer presente que de acuerdo a lo señalado por este Organismo de Control en su dictamen N° 56.229, de 2008, entre otros, tanto la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, como el decreto N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento sobre Concursos de ese cuerpo legal, que resultan aplicables al caso que nos ocupa, entregan a la autoridad administrativa la facultad de regular el proceso concursal a través de la dictación de...

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