Causa nº 4520/2006 (Apelación). Resolución nº 4520-2006 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 2 de Octubre de 2006
Juez | Roberto Jacob.,Jorge Medina,Fernando Castro,Margarita Herreros |
Sentido del fallo | REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE |
Corte en Segunda Instancia | |
Fecha | 02 Octubre 2006 |
Número de registro | cor0-tri6050000-rec45202006-tip4-fol24911 |
Partes | SOLUCORP S.A. CONTRA INSPECCION PROVICIAL TRABAJO CONCEPCION |
Número de expediente | 4520-2006 |
Tipo de proceso | (Civil) Apelación Protección |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Constitucional |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
1
Santiago, dos de octubre del año dos mil seis.
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus consideraciones quinta a novena, que se eliminan.
Y se tiene en su lugar, y además, presente:
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) Que, tal como este tribunal ha venido sosteniendo en forma reiterada, el artículo 2º del Código del Trabajo, junto con reconocer la función social que cumple el trabajo, otorga al Estado la misión de amparar al trabajador en su derecho a elegir libremente su empleo y, también, la de velar por el cumplimiento de las normas que regulan la prestación de los servicios, labor esta última que corresponde cautelar, en representación del Estado, a la Dirección del Trabajo y en cuya virtud, especialmente en lo que al presente recurso interesa, ésta debe fiscalizar la aplicación de la ley laboral;
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) Que, sin embargo, tales facultades deben ejercerse sólo cuando dicho servicio se encuentre frente a situaciones de infracción a las normas laborales, o sea, cuando con su actividad de fiscalización se sorprendan ilegalidades claras, precisas y determinadas, que le competa sancionar;
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) Que, mediante la presentación de fojas 1, compareció doña R.F.L., en representación de Solucorp S.A., interponiendo recurso de protección en contra el fiscalizador de la Inspección Provincial del Trabajo de Concepción y de la Inspección Provincial del Trabajo de dicha ciudad, en razón de que producto de una fiscalización efectuada por el primero de los nombrados, se le impusieron sendas multas mediante Resoluciones N°s 7935-06-029-1; 7935-06-029-2; 7935-06-029-3; 7935-06-029-4, de fechas 22 de marzo de 2006, por las sumas que en ellas se indican, todas cursadas por no escriturar el contrato de trabajo respecto de las personas que allí indicó; no llevar registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo; no entregar comprobantes de pago de remuneraciones; y no declarar oportunamente las cotizaciones previsionales, respecto de personas que prestan sus servicios en virtud de contratos de honorarios, sujetándose en consecuencia, al régimen jurídico del derecho común y, por ende, según reclama, no son sus trabajadores, de manera que no corresponde celebrar contratos de trabajo;
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) Que, como puede concluirse de lo brevemente expuesto y de los antecedentes que contiene el proceso, la Inspección del Trabajo Concepción, impuso varias multas, -según se detalló en la motivación anterior- a la empresa Solucorp S.A. recurrente, por las razones que se expresaron...
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