Sentencia nº Rol 1638 de Tribunal Constitucional, 13 de Enero de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 241732566

Sentencia nº Rol 1638 de Tribunal Constitucional, 13 de Enero de 2011

Fecha13 Enero 2011
MateriaDerecho Constitucional

Santiago, trece de enero de dos mil once.

VISTOS:

Con fecha 12 de marzo de 2010, el abogado Jaime Aburto Guevara, en representación de don H.V.C., ha deducido requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 38 ter de la Ley N° 18.933 (conocida como Ley de Isapres), en la causa sobre recurso de protección interpuesto en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A., que se encuentra actualmente pendiente ante la Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el Rol de ingreso Nº 479-2010.

Como antecedentes de la gestión pendiente, indica que el señor V. suscribió un plan de salud con dicha I. y que su factor de riesgo, en virtud de la carta de adecuación que ésta le envió, aumentó de 3.1 a 3.8, por cambio en el tramo de edad del afiliado.

Ante ello, el actor interpuso el recurso de protección en que incide el requerimiento deducido en autos, con el objeto de que se deje sin efecto el cambio de factor de riesgo, por estimar que la actuación de la Isapre, mediante la carta de adecuación, constituye un acto arbitrario e ilegal. Esta protección se funda en la arbitrariedad que supone el ostensible e inexorable aumento del precio de los planes de salud a medida que las personas envejecen, cuestión autorizada por el precepto impugnado, que resulta –según sostiene el requirente- directamente aplicable en la resolución de dicha gestión sub lite.

La individualizada I. acompañó copia autorizada del contrato de salud suscrito con el requirente, de fecha 16 de junio de 2005.

En cuanto a la forma en que la aplicación del precepto reclamado infringe la Constitución, sostiene el actor que el artículo 38 ter establece una discriminación infundada y carente de razonabilidad y, en esa medida, arbitraria, vulnerando el artículo 19 de la Constitución en este caso particular, agregando que además la norma es en abstracto discriminatoria, conforme se desprende de lo argumentado por esta M. en sentencia rol N° 976.

Agrega que las normas de adecuación por edad y sexo han sido impuestas por la Isapre en el contexto de un contrato de adhesión y no por voluntad libre de las partes. Además, señala que existe una discriminación negativa al subir el valor a quien ha jubilado y por tanto tiene ingresos inferiores a los que tenía durante su vida laboral, lo que le obliga a admitir planes de inferior calidad o a salir del sistema privado. Asimismo, anota que se vulnera su dignidad y su integridad física y psíquica, al...

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