Dictamen nº 49480 de Contraloría General de la República, de 8 de Septiembre de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 239883746

Dictamen nº 49480 de Contraloría General de la República, de 8 de Septiembre de 2009

N° 49.480 Fecha: 8-IX-2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Clementina Gatica Órdenes, viuda de don José Abelardo Arenas Molina, ex trabajador de la antigua Empresa de Transportes Colectivos del Estado, exonerado político, para solicitar la revisión de la pensión no contributiva, por gracia, del aludido causante.

Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, además de remitir el expediente jubilatorio del señor Arenas Molina, manifiesta, en síntesis, que el beneficio en estudio se encuentra correctamente calculado, al tenor de lo previsto en el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 19.234, y que se encuentra cumplido el término establecido en el artículo 4° de la ley N° 19.260 para pedir su revisión.

Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que, mediante la resolución N° 2 . 561, de 2002, del Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del causante, otorgándole un beneficio jubilatorio no contributivo, por gracia, a contar del 1 de septiembre de 1998.

Precisado lo anterior, resulta pertinente indicar que el inciso tercero del artículo de la ley N° 19.260, dispone que las pensiones de vejez, invalidez y las de jubilación por cualquier causa, serán revisables de oficio o a petición de parte, en los casos en que se comprobaren diferencias en la computación de períodos de afiliación o de servicios, en las remuneraciones imponibles consideradas para la determinación del sueldo base de pensión o, en general, cuando existiere cualquier error de cálculo o de hecho en...

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