Dictamen nº 15981 de Contraloría General de la República, de 8 de Junio de 1987 - Doctrina Administrativa - VLEX 239871906

Dictamen nº 15981 de Contraloría General de la República, de 8 de Junio de 1987

respecto procedencia de que a un auxiliar de un servicio de salud se le encomendaran funciones de chofer, cabe senalar que acorde dfl 338/60 art/37 inc/2, un empleado no puede ser cambiado de funciones que esta legalmente desempenando sino conforme causales y procedimientos senalados en ese estatuto. una vez cubierto un empleo por vias legales, la autoridad administrativa esta autorizada para disponer ciertas medidas que fijan el lugar en que debe desempenarse un cargo, o bien, que ordenan al empleado desplazarse transitoriamente de la oficina en que trabaja dentro del servicio, o cumplir determinadas labores para lograr un cumplimiento mas eficaz de tareas propias del cargo o del servicio mismo, naciendo asi las destinaciones, cometidos funcionales y comisiones de servicio. para que proceda obligacion de rendir caucion basta que una persona sea autorizada para conducir de modo habitual un vehiculo estatal, sin que importe la planta a la cual pertenece el empleado dentro del respectivo servicio. se ajusta a derecho rebaja del grado que ostentaba el ocurrente, por cuanto acorde...

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