Dictamen nº 30019 de Contraloría General de la República, de 9 de Noviembre de 1989 - Doctrina Administrativa - VLEX 239860646

Dictamen nº 30019 de Contraloría General de la República, de 9 de Noviembre de 1989

alcance que se ha dado por las comisiones de medicina preventiva e invalidez al dto 3/84 salud art/61, actual art/56, referido a que tratandose de licencias medicas presentadas fuera de plazo por los empleadores, corresponde que las instituciones de salud previsional paguen a los trabajadores los subsidios pertinentes y luego soliciten el reembolso al empleador, deriva de instrucciones impartidas por la superintendencia de seguridad social, de modo que tales comisiones, en este caso, no han excedido las facultades que poseen. superintendencia aludida tiene plena competencia para pronunciarse sobre materias relacionadas con licencias medicas y subsidios e impartir instrucciones a los servicios de salud. de la norma citada se desprende que las licencias presentadas fuera de plazo por el empleador, sin responsabilidad del trabajador, que sean autorizadas en la forma que indica, otorgan al empleado todos los derechos que se vinculan a ellas, quedando este habilitado para percibir los...

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