Dictamen nº 8626 de Contraloría General de la República, de 9 de Abril de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239856510

Dictamen nº 8626 de Contraloría General de la República, de 9 de Abril de 1992

no compete al servicio nacional del consumidor como continuador de la direccion de industria y comercio intervenir respecto de la administracion y enajenacion de terreno que serviu donara en 1979 al fondo de abastecimiento y equipamiento comunitario creado por dl 1126/75, en el que se construyo un autoservicio como parte de programa de ese fondo, y que actualmente esta abandonado, correspondiendo resolver al respecto al ministerio de bienes nacionales. ello, porque segun art/60 num/10 de la constitucion, toca a la ley senalar las normas sobre enajenacion de bienes estatales y conforme articulos 6 y 7 de la misma ley suprema, los organos publicos deben materializar la disposicion de sus bienes acorde atribuciones expresas y procedimientos senalados por ley, no procediendo, por ende, que el servicio ocurrente rescilie la donacion, contrato que habria producido todos sus efectos juridicos. ademas, los bienes del fondo indicado, integraban un patrimonio publico en cuya gestion intervenia el director de industria y comercio, pero que era distinto del patrimonio fiscal y del de los servicios publicos descentralizados, y que estaba especificamente afecto al cumplimiento de los fines senalados en...

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