Dictamen nº 40461 de Contraloría General de la República, de 17 de Noviembre de 1988 - Doctrina Administrativa - VLEX 239854746

Dictamen nº 40461 de Contraloría General de la República, de 17 de Noviembre de 1988

la permuta es una forma excepcional de proveer empleos de personal docente referido en ley 18602 art/8, pues la regla general, contenida en art/13 de la misma ley, es que las contrataciones de estos servidores se efectuen previo concurso de antecedentes o de oposicion. esta figura puede operar entre dos docentes que laboran en establecimientos dependientes de distintas municipalidades, entre un docente que labora en una municipalidad y otro que sirve en una corporacion privada situada en una comuna diferente, como tambien entre docentes de corporaciones privadas ubicadas en distintas comunas, como se infiere de art/14 num/3 y art/15 en relacion con art/14 inc/1 de la ley citada. requiere del acuerdo de docentes interesados y del asentimiento de los respectivos empleadores, y debe dar lugar a la celebracion de un contrato entre cada docente que permuta y su correspondiente nuevo empleador, acto en el que corresponde dejar constancia de la permuta. sus efectos rigen a partir de la data que se senale en los aludidos contratos, que debe ser la misma para ambos docentes y sin que se produzca discontinuidad en el desempeno de sus respectivas funciones. las partes pueden acordar libremente las condiciones del nuevo contrato, porque la intencion de la ley referida fue permitir que los servidores pudieran estipular condiciones diferentes con su nuevo empleador. dados sus caracteres especiales, la permuta no configura una expiracion de funciones y no implica, por ende, la perdida de los anos de servicios...

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