Dictamen nº 29600 de Contraloría General de la República, de 8 de Agosto de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239850930

Dictamen nº 29600 de Contraloría General de la República, de 8 de Agosto de 2001

N° 29.600 Fecha: 08-VIII-2001

Mediante el pase interno 542, de 2000, la Contraloría Regional de Antofagasta ha remitido el oficio N° 2114 de 2000, del Alcalde de la Municipalidad de Antofagasta, quien solicita la reconsideración del oficio N° 1810 del mismo año, emanado de dicha Sede Regional, el cual resolvió que era improcedente que el Municipio, a través del decreto N° 153, de 2000, pusiera término al contrato de trabajo suscrito con el señor J.C., por la causal prevista en el artículo 160 N° 3 del Código del Trabajo, a contar del 21 de octubre de 1999, por cuanto éste, habría expirado por la llegada del plazo convenido para su ejecución, esto, es, el 31 de diciembre de ese mismo año, correspondiendo entonces, el pago de las remuneraciones a que tendría derecho entre ambas fechas.

Sobre el particular, cabe señalar que efectivamente, el señor J.C. fue contratado a plazo fijo por el Municipio, hasta el 31 de diciembre de 1999; sin embargo, mediante el decreto N° 17 de 2000, se puso término a dicho contrato a contar del 21 de octubre de 1999, antes de la llegada del plazo, por la causal prevista en el artículo 160 N° 3, del Código del Trabajo, acto administrativo que fue observado mediante oficio N° 353 de 2000, por no haberse dispuesto la breve investigación previa, que ha exigido la jurisprudencia administrativa.

Así las cosas, el Municipio a fin de dar cumplimiento al citado oficio, instruyó la correspondiente investigación sumarial, poniéndole término al respectivo contrato, por la causal prevista en el citado artículo 160 N° 3, del Código del Trabajo, a través del decreto N° 153, de fecha 24 de julio de 2000.

Al respecto cabe señalar, que si bien en la época en que se instruyó la correspondiente investigación sumaria, el contrato de trabajo ya había expirado por el...

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