Dictamen nº 4742 de Contraloría General de la República, de 11 de Febrero de 1997 - Doctrina Administrativa - VLEX 239836662

Dictamen nº 4742 de Contraloría General de la República, de 11 de Febrero de 1997

la universidad del bio bio no esta obligada a constituir un departamento de prevencion de riesgos profesionales. ello, porque conforme art/6 ley 19345, que aplica la ley de seguro social contra riesgo de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales a los funcionarios del sector publico que indica, sera el reglamento del art/66 ley 16744, el que determinara la forma de constitucion y funcionamiento en las entidades empleadoras de art/1, de los departamentos de prevencion de riesgos profesionales y los comites paritarios de higiene y seguridad. no obstante, dicho art/66 solo contempla la existencia obligatoria de esos departamentos en las empresas mineras, industriales o comerciales con mas de 100 trabajadores, condicion que no tiene una universidad destinada a la ensenanza y cultivo superior de las ciencias, las tecnologias, las letras y las artes, segun dfl 1/89 de educacion. la casa de estudios superiores tampoco esta obligada a dictar el reglamento interno de higiene y seguridad del art/67 ley 16744. esto, porque acorde el art/65 de esa ley que entrega a los servicios de salud la competencia para supervigilar y fiscalizar estas materias y los articulos 18 y 20 del dto 40/69 de prevision social que aprobo el reglamento para la aplicacion del titulo sobre prevencion de riesgos profesionales es claro que los objetivos de la prevencion son regular la labor de los trabajadores manuales, que presentan el mayor nivel de riesgo, por lo que la obligatoriedad de estos reglamentos solo existe en los sectores que...

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