Dictamen nº 31308 de Contraloría General de la República, de 29 de Septiembre de 1997 - Doctrina Administrativa - VLEX 239811598

Dictamen nº 31308 de Contraloría General de la República, de 29 de Septiembre de 1997

procede considerar, para calcular el monto de la asignacion de estimulo prevista en el art/1 de ley 19490, el tiempo servido en los servicios de salud o en sus antecesores legales, conforme normas del codigo del trabajo. ello, porque segun el inc/2 de la letra c) del art/1 del dto 117/97 salud, reglamento de la ley aludida, para otorgar el beneficio se considerara el tiempo servido como personal de planta o a contrata en los servicios de salud, en el ex servicio nacional de salud y en el ex servicio medico nacional de empleados, y si bien la norma se refiere a las calidades de planta o a contrata, que son propias del tiempo servido acorde reglas del estatuto administrativo, lo que permitiria entender que no son utiles los lapsos afectos al aludido codigo, para el otorgamiento de la analizada asignacion la ley ha dispuesto que se considere no solo el merito, el trabajo bien hecho, el buen desempeno, sino que tambien la experiencia obtenida por el personal, la cual se logra cualquiera sea la normativa reguladora de las relaciones laborales. ademas, no puede dejar de tenerse presente que el dfl 338/60, derogado por ley 18834, preveia la posibilidad de que la autoridad facultada para hacer el nombramiento contratara, conforme normas del sistema privado, personal para realizar las funciones propias de servicios menores. tratandose de los funcionarios jubilados en los servicios de salud o en sus antecesores legales, el tiempo servido en estos antes de la fecha de su jubilacion, es util para determinar el monto de la asignacion. esto, dado que la letra b) del art/1 citado...

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